Subvenciones para las actividades y proyectos realizados por centros docentes sin animo de lucro que actuan en el ambito de la enseñanza reglada
Denominación oficial: SUBVENCIONES PARA LAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS REALIZADOS POR CENTROS DOCENTES SIN ANIMO DE LUCRO QUE ACTUAN EN EL AMBITO DE LA ENSEÑANZA REGLADA.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 167.350 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 31 de diciembre de 2026 y las propuestas se compararán entre sí, así que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El ayuntamiento de Arrasate destina 167 350 euros a subvenciones en forma de entrega dineraria a centros docentes sin ánimo de lucro que trabajen en la enseñanza reglada. Se financian actividades y proyectos del curso 2025‑2026, como programaciones educativas, culturales o deportivas, material didáctico innovador y acciones para promover el euskera en la escuela.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
8. ÁREA DE EDUCACIÓN 8.1. SUBVENCIONES PARA LAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS REALIZADOS POR CENTROS DOCENTES SIN ANIMO DE LUCRO QUE ACTUAN EN EL AMBITO DE LA ENSEÑANZA REGLADA. 1. Objeto Es objeto de la presente convocatoria es la regulación de las condiciones para la concesión de subvenciones destinadas a financiar las actividades y proyectos realizados por centros docentes sin ánimo de lucro que actúan en el ámbito de la enseñanza reglada en Arrasate. Serán objeto de subvención las actividades y programas del curso escolar 2025-2026. Asimismo, las actividades objeto de subvención deberán tener la siguiente naturaleza: 1) Actividades educativas, culturales y deportivas realizadas por centros docentes, proyectos educativos escolares, material didáctico no habitual que se considere innovador. 2) Actividades o programas para fomentar la utilización del euskara en la comunidad escolar. 3) Actividades realizadas por centros educativos para fomentar el bertsolarismo en la enseñanza reglada, que comprendan tanto el coste del servicio educativo dado por la asociación de bertsolarismo como la del material didáctico utilizado para desarrollar la actividad por las escuelas. 4) Actividades o programas de difusión educativa, programas de desarrollo educativo comunitario y programas escolares desarrollados por los colegios relacionados con el desarrollo sostenible, igualdad, coeducación y convivencia. 5) Actividades o programas para fomentar la calidad de la enseñanza y para mejorar la gestión escolar. 6) Actividades y programas de formación del profesorado. 7) Proyectos formativos y de innovación educativa al igual que proyectos para enriquecer el curriculum escolar. No serán objeto de subvención las siguientes actividades o conceptos: 1) Propuestas que consistan en la realización de obras de infraestructura, inversiones, adquisición de inmuebles y la compra de equipamiento (mobiliario, electrodoméstico, fotográfico, informático). 2) Los gastos de mantenimiento y funcionamiento de los colegios. 3) Los gastos de personal del profesorado titular para realizar diferentes actividades y proyectos. No obstante, se admitirán como subvencionables tanto los gastos de personal de las sustituciones de estos profesores como el coste de personal contratado específicamente para realizar la actividad subvencionable, hasta un límite proporcional del 25% del coste de la actividad. 4) Los gastos de transporte y estancia derivados de salidas didácticas y de actividades ordinarias del alumnado. No obstante, una vez descontados los ingresos previstos para su realización el Ayuntamiento podrá admitir subvencionar estos gastos hasta un límite del 60% del coste neto de la actividad. 5) Gastos de material fungible correspondientes a la actividad habitual del centro al igual que gastos de adquisición de material didáctico que no estén asociados ni justificados a un proyecto específico subvencionado o que se estime son parte de un servicio educativo permanente del centro y que por lo tanto recibe financiación específica para ello. Igualmente, no serán subvencionables: -Suscripciones de periódicos, revistas o libros. -Gastos de publicidad corporativa del centro escolar. -Los gastos de viaje y dietas del profesorado, derivados de los cursos formativos o educativos. 6) Los gastos de comida, bocadillos, realizados por el alumnado asociado a la ejecución de actividades o proyectos subvencionados. No obstante, y teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad, una vez descontados los ingresos previstos para su realización el Ayuntamiento podrá admitir subvencionar estos gastos hasta un límite del 50% del coste neto de la actividad. 7) Aquellas subvenciones que en opinión del Ayuntamiento tengan mejor encaje en otros programas de ayuda, programaciones o líneas de financiación. 2. Centros educativos beneficiarios Podrán solicitar las subvenciones que se regulan por las presentes bases específicas, los centros docentes sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos: a) Deberán ser centros docentes que impartan las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria y desarrollen las actividades, proyectos etc. objeto de la solicitud de subvención con alumnos/as de las citadas etapas. b) Deberá ser un centro educativo que imparta su actividad en el término municipal de Arrasate. c) Las actividades y proyectos subvencionados deberán ser realizados por o para el alumnado de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria Quedarán excluidos del ámbito de aplicación del presente programa: a) El alumnado del servicio de escuela infantil del ciclo 0-3 años de titularidad municipal, así como el alumnado del Consorcio “Haurreskolak”. b) El alumnado de Educación Infantil. 3. Documentación a presentar Al modelo oficial de solicitud de la subvención deberá acompañarse, además de la requerida en el artículo 15 de la Ordenanza General de Subvenciones de Arrasate, la siguiente documentación: - Información sobre la actividad o proyecto que se solicita para la subvención detallando los objetivos educativos que se persiguen, desglose del presupuesto de ingresos y gastos por cada actividad, número previsible de participantes y fechas de la realización de la actividad del proyecto. -En las solicitudes para programas y actividades del curso escolar: se deberán relacionar los medios e infraestructuras con los que cuente la persona beneficiaria para el desarrollo de la actividad. - Certificado donde se haga constar si se ha solicitado subvención para esa actividad a diferentes instancias u organismos o si se ha recibido financiación específica para esas actividades o proyectos. - Relación de las cuotas o mensualidades que para el curso escolar tiene aprobado el centro escolar. 4. Unidad administrativa encargada de la tramitación Las solicitudes serán tramitadas por la unidad administrativa de Educación. 5. Criterios de valoración de las solicitudes Para calcular la cantidad correspondiente subvencionable del presente programa se…
Organismo convocante
ARRASATE/MONDRAGÓN — AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 27 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 7 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 167.350 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza municipal para la concesión y gestión de subvenciones