Convocatoria que regula las ayudas económicas para tratamiento de drogodependencias y otras adicciones
Denominación oficial: CONVOCATORIA QUE REGULA LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA TRATAMIENTO DE DROGODEPENDENCIAS Y OTRAS ADICCIONES
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 10.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede sin competir, es decir, quien cumpla los requisitos y lo solicite lo recibe directamente, siempre que haya fondos disponibles. La ayuda es una subvención en efectivo para personas que no desarrollan actividad económica y están en tratamiento de drogodependencias u otras adicciones. Sirve para cubrir gastos relacionados con el tratamiento y favorecer la integración social y la autonomía. El Ayuntamiento de Mondragón (Gipuzkoa) dispone de 10 000 euros para este fin y la solicitud se puede presentar hasta el 31 de diciembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
3.4 CONVOCATORIA QUE REGULA LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA TRATAMIENTO DE DROGODEPENDENCIAS Y OTRAS ADICCIONES 1. Motivo Esta convocatoria tiene por objeto regular las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Mondragón concede a las personas que están en tratamiento de drogodependencias u otras adicciones. La Ley de Servicios Sociales 12/2008 de 5 de diciembre expone en su artículo 5 como finalidad del Sistema Vasco de Servicios Sociales: “favorecer la integración social, la autonomía y el bienestar social de todas las personas, familias y grupos, desarrollando una función promotora, preventiva, protectora y asistencial, a través de prestaciones y servicios de naturaleza fundamentalmente personal y relacional”. Y en el artículo 14, expone lo siguiente sobre las prestaciones económicas: “se orientarán a facilitar la integración social y la autonomía de sus perceptores, sirviéndoles de apoyo en su proceso de integración social o garantizando la cobertura, temporal o permanente, de las necesidades derivadas de su situación de dependencia o desprotección”. Algunas personas que inician el tratamiento por adicciones, suelen tener dificultades para cubrir los gastos de transporte para acudir al centro de tratamiento, gastos de primera necesidad, o los gastos derivados del propio proceso de inserción social. Por ello, el objeto de esta ayuda, además de facilitar el acceso a los centros de tratamiento públicos y concertados de la CAPV, es ayudar a cubrir los gastos mencionados, durante el proceso de tratamiento y de inserción social. 2. Objeto Facilitar el acceso a los centros de tratamiento, a los/as vecinos/as de Mondragón que están en tratamiento por problemas de adicción, y ayudar a cubrir los gastos derivados de su proceso de tratamiento e inserción social. 3. Personas beneficiarias Vecinos/as de Arrasate que están realizando un programa de tratamiento, fuera de Mondragón en un centro de tratamiento público o concertado de la CAPV por problemas de drogodependencias, otras adicciones o conductas de riesgo fruto de consumos precoces. No obstante la comisión informativa de servicios sociales queda facultada para estudiar y dirimir todos aquellos casos especiales que pudieran presentarse. 4. Tipos de ayuda Las ayudas se destinarán a cubrir los gastos de viajes para ir a tratamiento, gastos de primera necesidad y gastos derivados del proceso de inserción social, durante el periodo que el/la solicitante esté en tratamiento (en las fases, de acogimiento, comunidad e inserción). 5. Requisitos La persona solicitante deberá estar empadronada en Mondragón en el momento de presentar la solicitud de ayuda económica. Se podrán solicitar ayudas económicas a partir de un mes de permanencia en el programa de tratamiento. La concesión tendrá carácter retroactivo a la fecha del inicio del tratamiento, siempre y cuando el plazo mínimo de un mes se produzca dentro del año de la convocatoria de las ayudas. 6. Obligaciones de las personas beneficiarias Las modificaciones que puedan producirse en la situación de la persona en tratamiento y los miembros de su unidad de convivencia, que puedan tener relación con las ayudas objeto de la presente normativa (terminar o dejar el tratamiento, cambios en los ingresos de la unidad de convivencia…), deberán ser comunicadas y debidamente acreditadas a los Servicios Sociales del ayuntamiento en el plazo máximo de 30 días desde que se hayan producido. 7. Documentación que se deberá adjuntar con la solicitud Las personas que estén interesadas en percibir las ayudas económicas reguladas en la presente normativa deberán presentar la solicitud en el registro de entrada del Ayuntamiento. Junto con la solicitud, se deberá presentar el justificante expedido por el centro de tratamiento, en el que se hará constar que lleva en tratamiento al menos un mes. El Ayuntamiento de Mondragón, mediante el Nodo de Nisae, va a realizar las comprobaciones y consultas necesarias de los datos de las personas interesadas que obren en poder de la Administración, así como cualquier otra requerida para la tramitación administrativa del presente servicio. Es por ello por lo que se dejarán de solicitar datos que puedan ser interoperables, siempre y cuando la persona interesada no se oponga de forma expresa al uso de los mismos, en cuyo caso, deberá aportar los datos o documentos correspondientes. El fundamento para la intermediación de datos entre las Administraciones Públicas se concreta en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, donde se reconoce el derecho de la ciudadanía a no aportar los documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración, documentos originales, datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. Asimismo, existe el deber de las Administraciones de colaborar, tal y como indica el artículo 155 de la Ley 40/2015 en el entorno del intercambio de datos, debiendo facilitar los datos relativos de la ciudadanía que obren en poder de estas. En este sentido, el Ayuntamiento de Mondragón va a verificar los siguientes requisitos para acceder a las ayudas económicas para tratamiento de drogodependencias y otras adicciones de los servicios de la plataforma de intermediación de datos y otras administraciones, Nisae: Dirección General de la Policía: Consulta y verificación de datos de identidad Haciendas Forales: Consulta IRPF Haciendas Forales: Consulta de nivel de cuentas Haciendas Forales: Consulta a nivel de patrimonio Instituto Nacional de la Seguridad Social: Consulta de prestaciones sociales públicas Lanbide: Consulta de RGI Asimismo, el ayuntamiento de Mondragón comprobará de oficio: Certificado de empadronamiento de la persona solicitante y de las demás personas que comparten vivienda con ella. En el caso en que no fuera posible la realización de la consulta a través de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, se…
Organismo convocante
ARRASATE/MONDRAGÓN — AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES |
| Última actualización BD | 7 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 10.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza municipal para la concesión y gestión de subvenciones