FinalizadaAutonómicaCultura

De 20 de abril de 2026 de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud por la que se convocan ayudas para el libro gallego, dirigidas a la traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego para el año 2026. Código CT221D

Denominación oficial: Orden de 20 de abril de 2026 de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud por la que se convocan ayudas para el libro gallego, dirigidas a la traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego para el año 2026. Código CT221D

Plazo de solicitud 12 de junio de 2026
Estado Finalizada
Código BDNS 902765

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: GALICIA. Presupuesto: 50.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans) Primero. Entidades o personas beneficiarias y excluidas 1. Beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas para la traducción aquellas personas físicas o jurídicas que acrediten su condición de editoras de acuerdo con lo establecido en esta orden, para lo cual deberán estar dadas de alta antes de 1 de enero de 2026 en el epígrafe 476.1, edición de libros, del impuesto de actividades económicas. 2. Excluidas. - Las editoras que se encuentren en los supuestos previstos en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. - Aquellas personas físicas o jurídicas que estén sancionadas administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones públicas, o incurran en alguna prohibición legal que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se produjeron por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia. -Las editoras que presenten contratos de traducción con personas jurídicas. -La autoedición que no tenga distribución comercial, es decir, que esté fuera de las líneas de comercialización y distribución de plataformas físicas o digitales de los libros, así como aquellas obras comercializadas únicamente por el sistema de edición a demanda. - Las obras traducidas mediante técnicas de inteligencia artificial generativa. El órgano instructor podrá verificar si la traducción fue elaborada por medio de inteligencia artificial generativa mediante las herramientas que sean necesarias. - Las traducciones de obras que hayan recibido esta misma subvención en convocatorias anteriores. Segundo. Objeto Esta orden tiene por objeto establecer las bases que regularán el procedimiento de concesión de subvenciones a aquellas personas físicas o jurídicas que acrediten la condición de editoras, de acuerdo con lo establecido en esta orden. Código de procedimiento CT221D. La finalidad es subvencionar los costes de la traducción de las diferentes obras literarias en formato papel o digital para apoyar el libro gallego y el mercado literario gallego, en lo que se refiere a la traducción a otras lenguas de obras publicadas y comercializadas originariamente en gallego. Asimismo, tiene por objeto convocar dicha subvención para el año 2026. Tercero. Bases reguladoras Orden de 20 de abril de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para el libro gallego, dirigidas a la traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento CT221D). Cuarto. Importe Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 13.03.432A.770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, por un importe máximo de 50.000,00 €, de los cuales 22.500,00 € corresponden a la anualidad 2026 y 27.500,00 € a la anualidad 2027. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que comenzará a computarse a las 9.00 horas del quinto día hábil siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, y finalizará a las 20.00 horas del último día de presentación de solicitudes. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Organismo convocante

GALICIA — CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD

Ámbito

GALICIA

Categoría

Cultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación30 de abril de 2026
Fecha inicio de solicitudes12 de mayo de 2026
Fecha fin de solicitudes12 de junio de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico74.3 - Actividades de traducción e interpretación
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total50.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 20 de abril de 2026 de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud por la que se convocan ayudas para el libro gallego, dirigidas a la traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego para el año 2026. Código CT221D

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

REG (UE) 2023/2831 de minimis, General