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Resolución Gerente Servicio Murciano de Salud,por la que se convocan ayudas para proyectos que se ejecuten durante el 2026,a través de subvenciones a Fundaciones y Asociaciones de pacientes que desarrollen programas para personas con enfermedades crónicas

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 905326

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 204.750 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las Fundaciones y Asociaciones “sin ánimo de lucro”, de pacientes y familiares de pacientes, incluidas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, “sin ánimo de lucro”, que lleven a cabo en el año 2026, proyectos de prevención de la enfermedad, ayuda mutua y autocuidados para “enfermos crónicos”, con la limitación establecida en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y las salvedades contemplad as en el artículo 2 de la citada Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de estas subvenciones. Además, las entidades solicitantes habrán de cumplir los siguientes requisitos específicos: No ser beneficiario de una subvención por “concesión directa” del Servicio Murciano de Salud durante el ejercicio de 2026 para los mismos proyectos, en el caso de que la entidad beneficiaría estuviera incluida en el Anexo III de la Ley de Presupuestos de la CARM para 2026, “subvenciones nominativas del Servicio Murciano de Salud”. Disponer, a criterio de la Comisión de Evaluación, de una estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia y capacidad operativa para ello. Disponer de domicilio social en la Región de Murcia. Segundo. Objeto: Serán objeto de subvención los que desarrollen alguna o algunas de las siguientes actividades: 1. Formación, información, divulgación y sensibilización de la población sobre la enfermedad y sus problemas asociados. En el caso de proyectos que incluyan la realización de actuaciones de formación se presentará la documentación acreditativa de la cualificación profesional de las personas que hayan de realizarlas y, de forma obligada, el proyecto de formación. 2. Actividades de carácter sanitario dirigidas a mejorar la asistencia y la calidad de vida de los enfermos, entendiendo como tales, la rehabilitación, la logopedia y la terapia ocupacional, entre otras. 3. Ayuda a personas con trastornos de la conducta alimentaria. 4. Actividades de acompañamiento, de carácter lúdico, entretenimiento, educativas o mediación, dirigidas a los pacientes ingresados en los centros hospitalarios de la Región. 5. Atención y apoyo psicológico y emocional al enfermo y sus familiares. 6. Promoción de hábitos de vida saludables que incidan favorablemente en la evolución y pronóstico de la enfermedad. 7. Actuaciones dirigidas a la promoción de la solidaridad, evitando cualquier tipo de discriminación de los enfermos y fomentando el reconocimiento de los derechos que el ordenamiento jurídico les otorga. 8. Actividades dirigidas a cubrir necesidades de carácter sanitario de los enfermos, no cubiertas por el Sistema Sanitario Público. 9. Atención a pacientes en riesgo de exclusión social, con discapacidad o en estadio de enfermedad avanzada, mejorando así su calidad de vida. Tercero. Bases Reguladoras: Orden de 16 de noviembre de 2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Murciano de Salud a Fundaciones y Asociaciones destinadas a financiar programas de ayuda para enfermos crónicos, publicadas en el BORM nº268 de 18 de noviembre de 2016 y Orden de la Consejería de Salud de fecha 13 de septiembre de 2018 por la que se modifica la anterior Orden, (BORM nº 222 de 25 de septiembre de 2018). Cuarto. Cuantía: El crédito disponible máximo en esta convocatoria de 2026 es de doscientos cuatro mil setecientos cincuenta euros (204.750€). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: 10 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Sexto. Otros datos: El pago de las cantidades concedidas en concepto de subvención se efectuará por el importe total de la misma en el momento de la concesión y de forma anticipada. Los criterios y ponderaciones para valoración de las solicitudes son: El interés y calidad del proyecto presentado, (objetivos, metodología e incidencia en la mejora de la calidad de los pacientes crónicos). Este criterio se valorará en un 30 % del total. La adecuación de las propuestas de los proyectos a las prioridades que establezca la Consejería de Salud, y a los objetivos establecidos en el Plan de Salud de la Re­gión de Murcia en vigor; así como su repercusión en una respuesta asistencial integral de las personas afectadas. Este criterio se valorará en un 25 % del total. La adecuación de la actividad para la que se solicita la subvención con los objetivos propuestos en el proyecto. Las actividades serán adecuadas a los objetivos. Este criterio se valorará en un 25% del total. Población o ámbito territorial al que va dirigido el Proyecto. Este criterio se valorará en un 20 % del total.

Organismo convocante

REGIÓN DE MURCIA — S.M.S. - SERVICIO MURCIANO DE SALUD

Ámbito

REGION DE MURCIA

Categoría

Sanidad

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación13 de mayo de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadSanidad
Sector económico86 - Actividades sanitarias
Última actualización BD6 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total204.750 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 16 de noviembre de 2016, de la Consejera de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Murciano de Salud a Fundaciones y Asociaciones destinadas a financiar programas de ayuda para enfermos