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Ayudas para derechos de matrícula para cursos de aula mentor del ayuntamiento de alfafar - ejercicio 2026

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA DERECHOS DE MATRÍCULA PARA CURSOS DE AULA MENTOR DEL AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR - EJERCICIO 2026.

Plazo de solicitud 15 de noviembre de 2026
Estado Abierta · quedan 69 días
Código BDNS 909708

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 720 €. Se puede solicitar hasta el 15 de noviembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se concede de forma competitiva, así que tienes que presentar solicitud antes del 15/11/2026; las solicitudes se comparan y cumplir los requisitos no asegura que la recibas. La ayuda consiste en una subvención en efectivo de hasta 720 €, para pagar la matrícula de los Cursos de Aula Mentor del Ayuntamiento de Alfafar. Está destinada a personas que no tengan actividad económica, estén empadronadas en Alfafar y estén inscritas en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local. Sirve para facilitar la formación y mejorar tus posibilidades de inserción laboral.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

SUMARIO: Resolución de fecha 21 de mayo de 2026 por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas municipales para Derechos de matrícula para la realización de Cursos de Aula Mentor del Ayuntamiento de Alfafar, ejercicio 2026. PRIMERO. Objeto y Justificación. El objeto de esta convocatoria de ayudas a derechos de matrícula para la realización de cursos de Aula Mentor del Ayuntamiento de Alfafar forma parte de la iniciativa de esta corporación de establecer ayudas para formación y reciclaje en materia de empleo e iniciativa emprendedora, con el objetivo de facilitar el acceso al mercado laboral a través de la formación y/o reciclaje incentivando que se mejore el perfil profesional para conseguir una inserción laboral efectiva, por parte de las personas empadronadas en el municipio de Alfafar e inscritas en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local del municipio. Es por ello por lo que, el Ayuntamiento de Alfafar, pone en marcha una nueva convocatoria de ayudas de formación que financien cursos del Aula Mentor de Alfafar ofrecidos por este Ayuntamiento tras la firma de un convenio de colaboración con el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Aula Mentor es un sistema de formación en línea que se centra en proporcionar una alternativa en materia de formación a la población adulta que desee ampliar sus competencias personales y profesionales, es por ello que el Ayuntamiento de Alfafar establece unas ayudas económicas destinadas a financiar la matrícula de los cursos previa justificación del pago de los mismos, y justificando el aprovechamiento del curso objeto de la ayuda. SEGUNDO. Personas Beneficiarias y Requisitos. Podrán ser beneficiarias de las presentes ayudas las personas físicas que, habiendo cursado con aprovechamiento un curso de Aula Mentor del Ayuntamiento de Alfafar, cumplan los siguientes requisitos: 1. Estar empadronado/a en el municipio de Alfafar. 2. Tener 18 años de edad o más en el momento de presentar la solicitud. 3. Estar inscritos en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local de Alfafar (ADL) 4. Haber superado con aprovechamiento el curso de Aula Mentor del Ayuntamiento de Alfafar del cual se solicita la ayuda en el período comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de noviembre de 2026 5. No encontrarse en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la LGS. 6. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, lo cual se acreditará mediante declaración responsable. 7. No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Alfafar, lo cual se acreditará mediante declaración responsable. TERCERO. Bases Reguladoras y Régimen Jurídico. 1. La siguiente convocatoria se regirá, además de por lo dispuesto en los artículos de las bases reguladoras de ayudas para derechos de examen que conducen a la obtención de una certificación y/o matrículas de cursos de formación y reciclaje en materia de empleo e iniciativa emprendedora de la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Alfafar (BOP 24 de agosto de 2022), por: - La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alfafar (Boletín Oficial de la Provincia de Valencia núm. 24, de 2 de febrero de 2018), - Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Alfafar. - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio que aprueba el Reglamento General de Subvenciones, (en adelante RGS), - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 2/10/2015), (en adelante LPACAP) - Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones. Así como, deberán ser coherentes con el Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Alfafar y criterios interpretativos de la IGAE al respecto y demás ayudas públicas, y con cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación. 2. La gestión de estas ayudas se sujetará a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. CUARTO. Crédito Presupuestario, cuantía máxima y justificación. El crédito presupuestario de estas ayudas asciende a un total de 720 euros cuya financiación se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 05,241.00,480.00 “Fomento de Empleo. Subvenciones para el fomento del empleo” del vigente presupuesto municipal, consignado a tal efecto, sin perjuicio de las ampliaciones de modificación de crédito presupuestarias que correspondan. Se subvencionarán, hasta un importe máximo de 48 euros por persona solicitante en cada convocatoria, lo que conlleva a los derechos de matrícula, previamente abonados y exigidas por los organismos y entidades convocantes y cuyo pago conste como efectivamente realizado y justificado documentalmente, y siempre que se haya cursado con aprovechamiento el curso correspondiente. La justificación de la superación del curso se realizará de oficio por el Ayuntamiento de Alfafar. QUINTO. Solicitudes y plazo de presentación. 1. La solicitud se realizará en el modelo normalizado que estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alfafar. En la página web municipal se publicará toda la información y documentación de las bases y convocatoria y se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud. 2. La solicitud ser realizará preferentemente por medios electrónicos a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Alfafar, no obstante también se podrá presentar presencialmente, previa cita, en los diferentes Registros de Entrada del Ayuntamiento de Alfafar (SAC), ello sin perjuicio de poder presentarlas en los demás lugares previstos en el artículo 16.4…

Organismo convocante

ALFAFAR — AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR

Ámbito

Valencia / València

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación1 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes15 de noviembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económicoQ - EDUCACIÓN
Última actualización BD6 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total720 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alfafar.

Bases reguladoras ↗