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Ayudas fomento relevo generacional en sector minorista 2026

Plazo de solicitud 30 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 31 días
Código BDNS 914225

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Araba/Álava. Presupuesto: 100.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se concede de forma competitiva, tienes que presentar la solicitud antes del 30 de septiembre de 2026 y las propuestas se comparan, así que cumplir requisitos no asegura obtenerla. Es una ayuda económica sin devolución que el Ayuntamiento de Vitoria‑Gasteiz destina a pymes y autónomos del sector minorista en Álava. Para participar debes ser una empresa con menos de 50 empleados y un volumen de negocios o balance anual que no supere los diez millones de euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, y en la página Web del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz http://www.vitoria-gasteiz.org Primero. Beneficiarios. Personas, físicas o jurídicas, con actividad mercantil, que cumplan con los siguientes requisitos: cumplir con los requisitos de pequeña empresa en el momento de presentación de la solicitud, es decir, tener una plantilla inferior a 50 personas empleadas y un volumen de negocios o su balance general anual que no supere los 10 millones de euros; no hallarse vinculada mayoritariamente por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos; se deberá mantener una continuidad de la actividad que viniera realizando la empresa saliente y en la misma ubicación; deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y tributarias con la Diputación y con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, o en su defecto con otras administraciones en las que tenga obligación de tributar; y no deberá haber sido beneficiaria de esta línea de subvenciones en ejercicios anteriores por las mimas acciones y gastos subvencionables. Así mismo, el negocio traspasado deberá tener una antigüedad mínima de 6 años y haber estado en funcionamiento al menos hasta 12 meses antes del alta de la nueva persona titular de la actividad. El cese de actividad deberá haberse producido por jubilación, o por proximidad a la edad de jubilación de la persona titular del negocio (55 años o más) o por causas sobrevenidas como la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o el fallecimiento de la persona titular. En el caso de que la entidad transmitente sea una sociedad mercantil o una sociedad civil o una comunidad de bienes, se tendrán que cumplir estos requisitos en al menos la mitad de los y las socias de la empresa. El local deberá estar situado dentro de los límites del término municipal de Vitoria-Gasteiz, incluidas sus entidades menores y excluidas los polígonos industriales. El local deberá estar situado a nivel de rasante del suelo, tener escaparate y estar abierto al público en horario comercial habitual. También se podrán considerar incluidos los establecimientos integrados en mercados de abastos o centros y galerías comerciales privadas. Finalmente, deberán figurar de alta en los siguientes epígrafes del IAE, y tener actividad mercantil propia del sector en el local objeto de solicitud y estar abiertas al público, al menos desde el momento de solicitud de la subvención: - 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes (excepto 646: Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador y 647.5: Suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras). - 65: Comercio al por menor de productos no alimenticios realizado en establecimientos permanentes (excepto 652.1: Farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal, 654.3: comercio al por menor de vehículos aéreos, 654.4: de vehículos fluviales y marítimos, 654.5: de maquinaria, 654.6 de cubiertas, bandas y cámaras de aire de toda clase de vehículos y 655: comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes). - 662.2: Comercio al por menor de toda clase de artículos. - 691.1: Reparación de artículos eléctricos para el hogar. - 691.9: Reparación de otros bienes de consumo n.c.o.p En cualquier caso, quedan excluidas las Sociedades Públicas y Entidades de Derecho Público, así como las entidades sin ánimo de lucro y las que realicen actividades asociativas o profesionales (asociaciones, colegios profesionales etc.). Segundo. Objeto. Establecer las condiciones que regirán la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas económicas dirigidas a fomentar el relevo generacional en empresas del sector de comercio minorista ubicadas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz. Esta ayuda tiene por objeto evitar el cierre de negocios viables y promover su continuidad apoyando el traspaso de negocios por relevo generacional. Se considerará relevo generacional a efectos de estas bases, el traspaso de negocios consolidados que se produzcan por jubilación o proximidad a la edad de jubilación de la persona titular del negocio (55 años o más) o por causas sobrevenidas como la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o el fallecimiento de la persona titular de modo que se asegure la permanencia de la misma actividad comercial. En el caso de que la entidad transmitente sea una sociedad mercantil o una sociedad civil o una comunidad de bienes, se tendrán que cumplir estos requisitos en al menos la mitad de los y las socias de la empresa. Tendrán la consideración de acciones y gastos subvencionables aquellos directamente relacionados con el proceso de relevo generacional y traspaso del negocio realizados desde el día 1 de enero de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026 (inclusive). Las acciones y gastos subvencionables se dividen en los siguientes dos tipos: -Relevo de una empresa comercial: personas físicas o jurídicas que adquieran la titularidad de un negocio consolidado de comercio minorista que haya cesado su actividad por las causas mencionadas anteriormente y cursen un alta en IAE en el mismo epígrafe y local que el negocio anterior. -Gastos asociados a la formalización del proceso de transmisión empresarial: gastos de notaría, asesoría y asistencia técnica asociados a la formalización de los acuerdos de transmisión, cesión, valoración, protocolo familiar, registro etc. Gastos por traspaso de los bienes y derechos del negocio (fondo de comercio, equipamiento). Estos gastos deberán estar materializados en un contrato de…

Organismo convocante

VITORIA-GASTEIZ — AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

Ámbito

Araba/Álava

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación19 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudes25 de junio de 2026
Fecha fin de solicitudes30 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico47.1 - Comercio al por menor no especializado
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total100.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza Municipal de Subvenciones

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

· Objetivos