SUBVENCIONES DE L’ÀREA D’ESPORTS DE L’AJUNTAMENT DE SANTA COLOMA DE FARNERS PARA ENTIDADES Y/O ASOCIACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES SIN ÁNIMO DE LUCRO (AÑO 2026) PARA EL FOMENTO DE PROYECTOS Y ACTIVIDADES DE ÁMBITO DEPORTIVO
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE L’ÀREA D’ESPORTS DE L’AJUNTAMENT DE SANTA COLOMA DE FARNERS PARA ENTIDADES Y/O ASOCIACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES SIN ÁNIMO DE LUCRO (AÑO 2026) PARA EL FOMENTO DE PROYECTOS Y ACTIVIDADES DE ÁMBITO DEPORTIVO
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presupuesto: 50.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Segundo.- Líneas de subvención y dotación presupuestaria Se contemplan 2 líneas de subvenciones: Subvención para actividades deportivas de competición regulares. Subvenciones para actividades deportivas puntuales y/o extraordinarias. El importe máximo total de la subvención concedida a cada asociación/entidad no podrá ser superior a las siguientes cantidades: Subvención para actividades deportivas de competición regulares: hasta un máximo de 13.000 euros. Subvenciones para actividades y eventos deportivos puntuales y/o extraordinarios: hasta un máximo de 2.800 euros. El importe a conceder a cada una de las entidades o asociaciones que se hayan presentado a la convocatoria se determinará de forma proporcional entre los solicitantes en relación a los puntos asignados siguiendo el artículo 5 de estas bases. El importe a conceder a cada entidad se determinará de manera proporcional a la puntuación obtenida, de acuerdo con los criterios establecidos en las bases. Solo participarán en el reparto las solicitudes admitidas que hayan superado la puntuación mínima exigida. Si la suma de las cuantías resultantes supera el crédito disponible, se aplicará un ajuste proporcional entre todos los proyectos que hayan alcanzado la puntuación mínima, respetando en todo caso los límites de cuantía establecidos en esta convocatoria. La dotación presupuestaria para subvenciones deportivas, según el Plan Estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners para el año 2026 aprobado por el Pleno Municipal es de 50.000 euros. Tercero.- Requisitos y beneficiarios Tendrán la condición de personas beneficiarias las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro del municipio de Santa Coloma de Farners que, en el momento de presentar la solicitud, cumplan los requisitos siguientes: a) Estar legalmente constituidas, tener la condición de entidad sin ánimo de lucro, y constar inscritas y con los datos actualizados en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners. b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. c) Disponer de los medios, estructura y capacidad suficientes para llevar a cabo los proyectos objeto de las ayudas y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos. La concurrencia de estos requisitos se deberá acreditar en el momento de presentar la solicitud mediante la documentación que se indique. En caso que no se pueda acreditar alguna de las circunstancias indicadas, se podrá acreditar mediante la presentación de una declaración responsable ante el órgano concedente de la subvención, según el modelo normalizado del Anexo 2. Cuarto.- Plazo y presentación de solicitudes Las solicitudes de concesión de subvenciones se deben formalizar mediante los modelos normalizados disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el Registro General. La presentación se debe realizar a través del registro general del Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOPG. Las solicitudes se deben presentar mediante los modelos normalizados y deben ir acompañadas de la documentación establecida en el artículo 9 de las Bases. Quinto.- Procedimiento, resolución y pago Las solicitudes serán evaluadas por una comisión de evaluación, de acuerdo con los criterios detallados en las bases. El órgano competente resolverá la concesión de las subvenciones en un plazo máximo de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación. La notificación del resultado se hará de manera individualizada a cada solicitante, mediante una resolución que pondrá fin a la vía administrativa. Contra esta resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo. Una vez dictada la resolución de concesión de las subvenciones, y sin perjuicio de la notificación individualizada a cada solicitante, se hará pública la relación de subvenciones otorgadas mediante su publicación en el tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento de Santa Coloma de Farners, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). La publicación incluirá la identificación de las entidades beneficiarias, la cuantía otorgada y, en su caso, la denegación o inadmisión de solicitudes con indicación del motivo. Esta publicación tendrá efectos de notificación general, de acuerdo con lo que establece el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El pago se efectuará por transferencia bancaria. Sexto.- Justificación Los beneficiarios deberán presentar la gestión/justificación de la subvención antes del 30 de noviembre de 2026, mediante la documentación establecida en las bases. Séptimo.- Otras cuestiones La participación en esta convocatoria implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras.
Organismo convocante
SANTA COLOMA DE FARNERS — AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE FARNERS
Ámbito
Girona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 9 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 16 de julio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de julio de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO |
| Última actualización BD | 16 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 50.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE L’ÀREA D’ESPORTS DE L’AJUNTAMENT DE SANTA COLOMA DE FARNERS PARA ENTIDADES Y/O ASOCIACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES SIN ÁNIMO DE LUCRO (AÑO 2026) PARA EL FOMENTO DE PROYECTOS Y ACTIVIDADES DE ÁMBITO DEPORTIVO ↗
Bases reguladoras
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE L’ÀREA D’ESPORTS DE L’AJUNTAMENT DE SANTA COLOMA DE FARNERS PARA ENTIDADES Y/O ASOCIACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES SIN ÁNIMO DE LUCRO (AÑO 2026) PARA EL FOMENTO DE PROYECTOS Y ACTIVIDADES DE ÁMBITO DEPORTIVO