Bases reguladoras y convocatoria de 2026 de las subvenciones para la adecuación de viviendas deshabitadas y el incremento de la oferta de viviendas en alquiler a precio asequible
Denominación oficial: Bases reguladoras y convocatoria de 2026 de las subvenciones para la adecuación de viviendas deshabitadas y el incremento de la oferta de viviendas en alquiler a precio asequible.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 50.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de octubre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: hay que presentar la solicitud antes del 15‑10‑2026 y las solicitudes se comparan entre sí, por lo que cumplir los requisitos no asegura obtenerla. El objetivo es financiar la adaptación de viviendas deshabitadas y fomentar la oferta de alquiler a precios asequibles. Solo pueden solicitarla personas jurídicas que no desarrollen actividad económica y que operen en Gipuzkoa. El ayuntamiento destina 50 000 euros en forma de subvención económica sin necesidad de devolverla.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
La Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda, regula en su Capítulo IX, una serie de garantías jurídicas del uso adecuado de las condiciones de habitabilidad y de la función social de las viviendas, estableciendo en el marco de sus competencias medidas dirigidas a garantizar la función social de las viviendas, entre las que se encuentra la de evitar su desocupación Se parte de la consideración legal prevista en el artículo 4 de la citada Ley de entender la situación o estado de desocupación de la vivienda como un incumplimiento de la función social que define y caracteriza a la vivienda, que resulta obligatorio tanto para las personas titulares de viviendas como las que ostentan un título jurídico que permite la tenencia o disfrute de una vivienda. Para promover el cumplimiento de la función social de la vivienda mediante su efectiva ocupación para uso residencial, la Ley de Vivienda regula diversos mecanismos, entre los que figura la declaración de vivienda deshabitada, desarrollada en el Decreto 149/2021, de 8 de junio, de vivienda deshabitada y de medidas para el cumplimiento de la función social de la vivienda. Asimismo, esta norma establece medidas de fomento al alquiler de las viviendas deshabitadas, tanto en materia de rehabilitación dirigidas al acondicionamiento que permita el cumplimiento de su función social como mediante su inclusión en programas públicos que faciliten el alquiler de las viviendas. Con el fin de facilitar la incorporación de las viviendas deshabitadas en el municipio de Azpeitia, el Ayuntamiento ha aprobado un Programa de Movilización de Vivienda Deshabitada. Este programa forma parte de la estrategia municipal para promover el acceso a viviendas asequibles mediante la movilización de viviendas deshabitadas (Objetivo Estratégico nº2 del Plan Municipal de Vivienda). Su objetivo es incorporar estas viviendas al mercado residencial preferentemente de alquiler protegido. Sin embargo, el programa también busca promover el fomento de la oferta de vivienda en alquiler asequible. Por ello, el objeto de las subvenciones reguladas en estas bases es financiar obras de adecuación, mejora y/o adquisición de equipamiento necesarias para habilitar viviendas actualmente deshabitadas en el municipio de Azpeitia, con el fin de destinarlas al uso residencial habitual en régimen de alquiler protegido o asequible. Las actuaciones objeto de estas ayudas se integran en el Programa de Movilización de Vivienda Deshabitada, aprobado mediante Resolución de Alcaldía de 24 de enero de 2025, concretamente en su Línea Estratégica nº 3. Esta línea tiene como objetivo garantizar que todas las viviendas incorporadas al programa cumplan condiciones adecuadas de habitabilidad, seguridad, funcionalidad, salubridad y confort para sus futuros ocupantes. Asimismo, estas ayudas se enmarcan en el Plan Estratégico de Subvenciones 2026-2028, aprobado por el Ayuntamiento Pleno el 3 de febrero de 2026, y contribuyen al cumplimiento de los objetivos municipales de sostenibilidad del parque edificado. Se promueve así un uso más eficiente y responsable de las viviendas en desuso y se asegura que las viviendas movilizadas resulten aptas para un uso residencial digno. En su virtud, a propuesta de la Comisión de Estrategia y Urbanismo, la Alcaldía mediante Decreto de 17 julio de 2026, ha resuelto lo siguiente: Primero. Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar actuaciones de adecuación, mejora o equipamiento de viviendas deshabitadas del municipio de Azpeitia, con el fin de destinarlas al alquiler protegido o asequible. Las viviendas deberán estar incluidas o ser susceptibles de inclusión en el Programa Municipal de Movilización de Vivienda Deshabitada. Las bases se incorporan como anexo a la presente resolución. Las bases reguladoras aprobadas por el presente acuerdo producirán efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa. Segundo: Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2026. Tercero: Autorizar un gasto por importe de 50.000,00 euros para hacer frente a la presente convocatoria, con cargo al crédito consignado en la partida 1.0201.481.152.10.01.2026 del presupuesto del Ayuntamiento de Azpeitia. Contra el presente acuerdo, que es definitivo y pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso de reposición ante el órgano competente que haya aprobado la convocatoria, o, impugnarla directamente en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Los plazos se contarán en ambos casos a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases. ANEXO Bases reguladoras de las subvenciones para la adecuación de viviendas deshabitadas y el incremento de la oferta de viviendas en alquiler a precio asequible. 1. Objeto El objeto de las subvenciones reguladas en estas bases es financiar obras de adecuación, mejora y/o adquisición de equipamiento necesarias para habilitar viviendas actualmente deshabitadas en el municipio de Azpeitia, con el fin de destinarlas al uso residencial habitual en régimen de alquiler protegido o asequible. Estas viviendas deberán incorporarse al Programa Municipal de Movilización de Vivienda Deshabitada, y destinarse a alguna de las siguientes finalidades: - Inclusión en programas públicos de movilización de vivienda vacía (Bizigune, ASAP o Bolsa municipal). - Alquiler en el mercado libre, siempre que se ofrezcan a un precio asequible, con un máximo mensual de 675 euros, durante un período mínimo de cinco años, conforme al artículo 9.1 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. Las subvenciones se concederán mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, por orden de presentación de solicitudes completas, hasta agotar el crédito disponible. Se entenderá por subvención la disposición dineraria realizada por el Ayuntamiento de Azpeitia, con cargo a fondos públicos, a favor de personas físicas, sin contraprestación…
Organismo convocante
AZPEITIA — AYUNTAMIENTO DE AZPEITIA
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 17 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 30 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Ver todas las ayudas para asociaciones →
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 50.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases reguladoras y convocatoria de 2026 de las subvenciones para la adecuación de viviendas deshabitadas y el incremento de la oferta de viviendas en alquiler a precio asequible.