Abierta · quedan 7 díasAutonómicaAgricultura

Para el año 2026, las ayudas previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, por intervenciones que contribuyan a prestación serv.mediam. acuicultura

Denominación oficial: Orden por la que se convocan para el año 2026, las ayudas previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, por intervenciones que contribuyan a prestación serv.mediam. acuicultura

Plazo de solicitud 7 de octubre de 2026
Estado Abierta · quedan 7 días
Código BDNS 929255

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 225.000 €. Se puede solicitar hasta el 7 de octubre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede sin competir: cualquier pyme o persona física que ejerza una actividad económica en agricultura, pesca o alimentación en Andalucía puede solicitarla, siempre que cumpla los requisitos y haya fondos disponibles. Es una subvención en dinero, sin exigencia de devolución, gestionada por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. El importe total disponible para la convocatoria es de 225 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA. Primero. Convocatoria. 1. Se convocan para el año 2026, en régimen de concurrencia no competitiva, las ayudas destinadas a fomentar actividades de acuicultura en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante compensaciones por el lucro cesante en que hayan incurrido las personas o entidades solicitantes de las mismas como consecuencia de la utilización de métodos de cultivo compatibles con necesidades medioambientales específicas y sujetos a requisitos específicos de gestión derivados de la designación de Zonas Natura 2000 con arreglo a las Directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE, en concreto para la acuicultura realizada en humedales que favorezca la conservación de la biodiversidad de la avifauna acuática, previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027. 2. Estas ayudas se convocan en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican: Línea de ayuda:Ayudas por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 Partida presupuestaria: 1200120000G/71P/47300/00_G4210401A6 Cuantía máxima (€) 2026:225.000,00 € Segundo. Beneficiarios. Podrán solicitar las ayudas objeto de la presente convocatoria las personas físicas o jurídicas así como las sociedades civiles y comunidades de bienes titulares de la autorización de cultivos acuícolas sometidos, en su totalidad o en parte, a restricciones o requisitos de gestión específicos como consecuencia de la integración de la explotación acuícola en la Red Natura 2000, y solo cuando las restricciones o requisitos medioambientales les vengan impuestos por la legislación nacional o planes de gestión de espacios naturales jurídicamente vinculantes,de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 19 de agosto de 2024. Tercero. Cálculo de la ayuda. La compensación por lucro cesante se calculará por beneficiario teniendo la ayuda como límite el menor de los dos valores siguientes: a) El valor resultante del cálculo de multiplicar 281€ por cada hectárea en producción de la instalación acuícola que presta el servicio medioambiental en cultivo extensivo o 400€ por cada hectárea en producción de la instalación acuícola que presta el servicio medioambiental en cultivo semi-intensivo. b) El valor del 15% de la facturación por la producción de la empresa declarado fiscalmente en el ejercicio anterior a la fecha de la solicitud, de esas hectáreas afectadas. Cuarto. Objeto. El objeto de esta orden es realizar la convocatoria para el año 2026 de las ayudas destinadas a fomentar actividades de acuicultura en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante compensaciones por el lucro cesante en que hayan incurrido las personas o entidades solicitantes de las mismas como consecuencia de la utilización de métodos de cultivo compatibles con necesidades medioambientales específicas y sujetos a requisitos específicos de gestión derivados de la designación de Zonas Natura 2000 con arreglo a las Directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE, en concreto para la acuicultura realizada en humedales que favorezca la conservación de la biodiversidad de la avifauna acuática, previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 Quinto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 (BOJA núm. 166, de 27 de agosto de 2024). Sexto. Cuantía. La dotación de esta línea de ayuda se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto. Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Octavo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la orden de convocatoria y podrán obtenerse igualmente en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25274.html.

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación14 de septiembre de 2026
Fecha inicio de solicitudes24 de septiembre de 2026
Fecha fin de solicitudes7 de octubre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económico03.2 - Acuicultura
Última actualización BD24 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total225.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UESí

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicult

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