26 de noviembre de 2024, de la S.G.de Univers., por la que se convoca subvenciones destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades Públicas de Andalucia - PRTR
Denominació oficial: Resolució de 26 de novembre de 2024, de la S.G.d'Univers., per la qual es convoca subvencions destinades al desenvolupament i implementació de microcredencials per les Universitats Públiques d'Andalusia - PRTR
Resum
Aquesta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: ANDALUCIA. Pressupost: 8,9 M€. Concessió directa: concedida sense concurs públic.
Descripció oficial de la convocatòria
BDNS: De conformidad con lo previsto en el artículo 12 del texto articulado de la Orden de 22 de octubre de 2024 de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del Componente 21, Inversión 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se publica un extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Primero. Convocatoria. Se convoca en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del Componente 21, Inversión 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Segundo. Bases reguladoras. La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por Orden de 22 de octubre de 2024 de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del Componente 21, Inversión 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Tercero. Objeto y conceptos subvencionables. 1. Las subvenciones tienen por objeto el desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del Componente 21, Inversión 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, destinadas a la recualificación de la población adulta mediante formaciones breves, flexibles, modulares, acumulables y orientadas a la adquisición de habilidades y competencias concretas requeridas en el ámbito laboral. 2. Serán subvencionables los siguientes conceptos, de acuerdo con lo que establece la Orden de 22 de octubre de 2024 de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación: a) La producción de nuevas formaciones conducentes a microcredenciales en las Universidades públicas de Andalucía. b) Las actividades instrumentales para el desarrollo de la oferta de microcredenciales. c) Las actividades de intermediación. d) La concesión de becas o ayudas. e) Las actividades de gestión. f) Las actuaciones de seguimiento y evaluación de las microcredenciales. Cuarto. Entidades beneficiarias. Podrán solicitar las subvenciones las Universidades públicas del sistema universitario de Andalucía, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero. Quinto. Cuantía. 1. La cuantía máxima destinada a la presente convocatoria es de 8.866.697,00 euros que se financia con fondos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los créditos dispuestos mediante la Orden de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades de 27 de diciembre de 2023, por la que se acuerda la efectiva distribución de los créditos a las respectivas Comunidades Autónomas, y se formalizan los compromisos financieros derivados del Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria de 21 de diciembre de 2023. 2. La cuantía máxima destinada a la presente convocatoria se distribuye en las siguientes líneas de subvención: a) Línea 1, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Almería, cuantía máxima disponible, 812.663,00 euros. b) Línea 2, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Cádiz, cuantía máxima disponible, 1.087.446,00 euros. c) Línea 3, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Córdoba, cuantía máxima disponible, 815.528,00 euros. d) Línea 4, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Granada, cuantía máxima disponible, 1.104.718,00 euros. e) Línea 5, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Huelva, cuantía máxima disponible, 695.347,00 euros. f) Línea 6, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Jaén, cuantía máxima disponible, 738.249,00 euros. g) Línea 7, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Málaga, cuantía máxima disponible, 1.347.700,00 euros. h) Línea 8, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Sevilla, cuantía máxima disponible, 1.007.076,00 euros. i) Línea 9, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Pablo de Olavide, cuantía máxima disponible, 857.970,00 euros. j) Línea 10, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad Internacional de Andalucía, cuantía máxima disponible, 400.000,00 euros. 3. De conformidad con lo previsto en las bases reguladoras el crédito sobrante en algunas de las líneas de subvención, podrá ser distribuido para financiar las solicitudes de otras líneas de subvención, que hubieran sido desestimadas por agotamiento de su crédito. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas en la presente convocatoria estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes de subvención será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Séptimo. Otros datos. Las solicitudes deberán presentarse, ajustándose al formulario normalizado en el Registro Electrónico…
Organisme convocant
ANDALUSIA — CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
Àmbit
ANDALUCIA
Categoria
Destinataris
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 26 de novembre de 2024 |
| Data d'inici de sol·licituds | 3 de desembre de 2024 |
| Data fi de sol·licituds | 19 de desembre de 2024 |
Informació completa
| Administració | Autonòmica |
| Tipus de convocatòria | Concessió directa: concedida sense concurs públic |
| Finalitat | Educación |
| Sector econòmic | 93 - Activitats esportives, recreatives i dentreteniment; 85 - Educació |
| Última actualització BD | 20 de juliol de 2026 |
Qui pot sol·licitar aquesta ajuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 8,9 M€ |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Finançament europeu | Mecanisme de Recuperació i Resiliència (MRR) |
| Cofinançada per la UE | Sí |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
Bases reguladores
Ordre de 22 d'octubre de 2024, BBRR concurrència no competitiva per al desenvolupament i implementació de microcredencials per les universitats públiques marc del component 21, inversió 6 PRTR