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26 de noviembre de 2024, de la S.G.de Univers., por la que se convoca subvenciones destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades Públicas de Andalucia - PRTR

Denominación oficial: Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la S.G.de Univers., por la que se convoca subvenciones destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades Públicas de Andalucia - PRTR

Plazo de solicitud 19 de diciembre de 2024
Estado Finalizada
Código BDNS 799232

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 8,9 M€. Concesión directa: concedida sin concurso público.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS: De conformidad con lo previsto en el artículo 12 del texto articulado de la Orden de 22 de octubre de 2024 de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del Componente 21, Inversión 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se publica un extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Primero. Convocatoria. Se convoca en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del Componente 21, Inversión 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Segundo. Bases reguladoras. La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por Orden de 22 de octubre de 2024 de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas al desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del Componente 21, Inversión 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Tercero. Objeto y conceptos subvencionables. 1. Las subvenciones tienen por objeto el desarrollo e implementación de microcredenciales por las Universidades públicas de Andalucía en el marco del Componente 21, Inversión 6 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, destinadas a la recualificación de la población adulta mediante formaciones breves, flexibles, modulares, acumulables y orientadas a la adquisición de habilidades y competencias concretas requeridas en el ámbito laboral. 2. Serán subvencionables los siguientes conceptos, de acuerdo con lo que establece la Orden de 22 de octubre de 2024 de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación: a) La producción de nuevas formaciones conducentes a microcredenciales en las Universidades públicas de Andalucía. b) Las actividades instrumentales para el desarrollo de la oferta de microcredenciales. c) Las actividades de intermediación. d) La concesión de becas o ayudas. e) Las actividades de gestión. f) Las actuaciones de seguimiento y evaluación de las microcredenciales. Cuarto. Entidades beneficiarias. Podrán solicitar las subvenciones las Universidades públicas del sistema universitario de Andalucía, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero. Quinto. Cuantía. 1. La cuantía máxima destinada a la presente convocatoria es de 8.866.697,00 euros que se financia con fondos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con cargo a los créditos dispuestos mediante la Orden de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades de 27 de diciembre de 2023, por la que se acuerda la efectiva distribución de los créditos a las respectivas Comunidades Autónomas, y se formalizan los compromisos financieros derivados del Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria de 21 de diciembre de 2023. 2. La cuantía máxima destinada a la presente convocatoria se distribuye en las siguientes líneas de subvención: a) Línea 1, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Almería, cuantía máxima disponible, 812.663,00 euros. b) Línea 2, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Cádiz, cuantía máxima disponible, 1.087.446,00 euros. c) Línea 3, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Córdoba, cuantía máxima disponible, 815.528,00 euros. d) Línea 4, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Granada, cuantía máxima disponible, 1.104.718,00 euros. e) Línea 5, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Huelva, cuantía máxima disponible, 695.347,00 euros. f) Línea 6, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Jaén, cuantía máxima disponible, 738.249,00 euros. g) Línea 7, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Málaga, cuantía máxima disponible, 1.347.700,00 euros. h) Línea 8, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Sevilla, cuantía máxima disponible, 1.007.076,00 euros. i) Línea 9, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad de Pablo de Olavide, cuantía máxima disponible, 857.970,00 euros. j) Línea 10, subvención para el desarrollo e implementación de microcredenciales por la Universidad Internacional de Andalucía, cuantía máxima disponible, 400.000,00 euros. 3. De conformidad con lo previsto en las bases reguladoras el crédito sobrante en algunas de las líneas de subvención, podrá ser distribuido para financiar las solicitudes de otras líneas de subvención, que hubieran sido desestimadas por agotamiento de su crédito. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas en la presente convocatoria estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes. Sexto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes de subvención será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Séptimo. Otros datos. Las solicitudes deberán presentarse, ajustándose al formulario normalizado en el Registro Electrónico…

Organismo convocante

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN

Ámbito

ANDALUCIA

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación26 de noviembre de 2024
Fecha inicio de solicitudes3 de diciembre de 2024
Fecha fin de solicitudes19 de diciembre de 2024

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadEducación
Sector económico93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 85 - Educación
Última actualización BD20 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total8,9 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Financiación europeaMecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR)
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden de 22 de octubre de 2024, BBRR concurrencia no competitiva para el desarrollo e implementación de microcredenciales por las univ públicas marco del componente 21, inversión 6 PRTR

Bases reguladoras ↗