Oberta · queden 8 diesAutonòmicaAltres ajudes

Dinamización y emprendimiento rural.Mancomunidades. Línea 1 CUÍDAME

Termini de sol·licitud 11 de novembre de 2026
Estat Oberta · queden 8 dies
Codi BDNS 937433

Resum

Aquesta ajuda està destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Àmbit: COMUNIDAD DE MADRID. Pressupost: 750.000 €. Es pot sol·licitar fins al 11 de novembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

De què va aquest ajut?

Se trata de una ayuda competitiva para la dinamización y el fomento del emprendimiento en zonas rurales. Puede solicitarla cualquier entidad jurídica que no realice actividad económica y que esté ubicada en la Comunidad de Madrid. La subvención se concede en forma de entrega dineraria sin necesidad de devolución y el fondo total disponible es de 750.000 euros. Como la convocatoria es en concurso, deberás presentar la solicitud dentro del plazo establecido y las propuestas se evaluarán entre sí, por lo que cumplir los requisitos no asegura la adjudicación.

Resum en llenguatge clar generat amb IA a partir de les dades oficials. Pot contenir errors: consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar-la.

Descripció oficial de la convocatòria

BDNS (xxxxxxxx): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias). Primero Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las mancomunidades de municipios de la Comunidad de Madrid legalmente constituidas, que tengan previstos en sus estatutos competencias en materia de servicios sociales y lleven o pretendan llevar a cabo un programa de servicios a mayores de 65 años no dependientes en municipios de menos de 2.500 habitantes pertenecientes a las mismas, y que no se encuentren incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Segundo Objeto. El objeto de la orden es convocar para el 2026 las subvenciones para la dinamización y emprendimiento en los municipios rurales de la Comunidad de Madrid orientada a la creación y mantenimiento de actuaciones en el sector de cuidados a personas mayores en el ámbito rural. La finalidad de las ayudas es mantener a las personas mayores de 65 años en su entorno, alargando la permanencia en su hogar y dar respuesta al envejecimiento, la despoblación y la soledad no deseada en el medio rural, y servir de foco de atracción de nueva población al territorio a través del "cuidado", especialmente en municipios con riesgo de despoblación. Tercero Bases reguladoras. Las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria de ayudas fueron aprobadas mediante la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de 24 de septiembre de 2026 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la dinamización y el emprendimiento rural destinadas a mancomunidades de municipios de la Comunidad de Madrid y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 239 de 07 de octubre de 2026. Cuarto Cuantía y financiación de las ayudas. La ayuda económica podrá llegar hasta el 100 por 100 del importe solicitado, con el límite máximo por proyecto y Mancomunidad de 375.000,00 euros para todo el periodo subvencionable, hasta agotar el crédito disponible para las mismas. Se subvencionarán dos proyectos. No obstante, en caso de que no se agote el crédito previsto, se podrán subvencionar otros proyectos hasta agotar el crédito disponible. El cálculo de la ayuda se determinará en atención a los criterios de priorización determinados en el artículo 11 de la Orden de convocatoria La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes a estas subvenciones con cargo al programa 942O- "Reequilibrio Territorial"- subconcepto 46309 "Corporaciones Locales", del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para 2026, por un importe máximo total de 750.000 euros. Quinto Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto. Sexto Gastos subvencionables. Solamente serán subvencionables: a) Servicios de comidas, debiéndose fomentar la utilización de alimentos saludables y de proximidad. b) Servicios relacionados con la salud, tales como fisioterapia, podología o psicología. c) Servicios de terapia ocupacional y dinamización. d) Servicios de traslados de los usuarios tanto para la realización de cualquiera de las actividades subvencionadas como para asuntos relacionados con salud o gestiones administrativas. e) Servicios de lavandería. f) Servicios de peluquería a domicilio. g) Otros servicios de terapia individual o grupal, tales como logopedia, recogidos en el proyecto. La mancomunidad deberá acreditar la concurrencia de razones de necesidad para prestar cada uno de estos servicios, sin que sea subvencionable con carácter general para todos los usuarios. Dicha acreditación se realizará mediante un informe de cada usuario o de la relación de usuarios en los que concurran razones de necesidad, emitido por un trabajador social, un médico, o profesional competente en la materia. Los beneficiarios deben prestar con cargo a estas subvenciones al menos 2 de las actividades y/o servicios previstos en este apartado, debiendo ser una de ellas la correspondiente al servicio de comidas. Séptimo Período de subvencionable. El periodo subvencionable será desde 1 de junio de 2026 a 31 de mayo de 2028.

Organisme convocant

COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

Àmbit

COMUNIDAD DE MADRID

Categoria

Altres ajudes

Destinataris

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Més informació

Terminis

Data de publicació23 d'octubre de 2026
Data d'inici de sol·licituds27 d'octubre de 2026
Data fi de sol·licituds11 de novembre de 2026

Informació completa

AdministracióAutonòmica
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatOtras actuaciones de carácter económico
Sector econòmic84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general
Última actualització BD3 de novembre de 2026

Qui pot sol·licitar aquesta ajuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total750.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

ORDEN DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 2026, DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA LA DINAMIZACIÓN Y EL EMPRENDIMIENTO RURAL DESTINADAS A MANCOMUNIDADES DE MUNICIPIOS

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