Oberta · queden 11 diesAutonòmicaAgricultura

Indemnizaciones en materia de sanidad vegetal

Denominació oficial: INDEMNIZACIONES EN MATERIA DE SANIDAD VEGETAL

Termini de sol·licitud 15 de novembre de 2026
Estat Oberta · queden 11 dies
Codi BDNS 933692

Resum

Esta ajuda està destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pimes (petites i mitjanes empreses). Àmbit: GALICIA. Pressupost: 40.000 €. Es pot sol·licitar fins al 15 de novembre de 2026. La tramitació es fa de forma electrònica. Concurrencia competitiva - canónica.

De què va esta ajuda?

Esta ayuda consiste en una indemnización económica para casos relacionados con la sanidad animal. Se concede directamente, sin competencia: cualquier persona o empresa que cumpla los requisitos y la solicite la recibe, siempre que haya fondo disponible. Es una subvención en dinero que no exige devolución. La gestiona la Consellería del Medio Rural de Galicia y el total disponible es de 40 000 euros. Está dirigida a grandes empresas, PYMEs, autónomos y a particulares, tanto si desarrollan actividad económica como si no.

Resum en llenguatge clar generat amb IA a partir de les dades oficials. Pot contindre errors: consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar-la.

Descripció oficial de la convocatòria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (.(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio). Primero. Personas beneficiarias Podrán ser beneficiarias de estas indemnizaciones las personas físicas, las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica titulares de vegetales o productos vegetales afectados por las medidas fitosanitarias de erradicación adoptadas por la autoridad competente como consecuencia de la declaración oficial de la presencia de una plaga de cuarentena o de otra plaga reglamentada que se determine en la correspondiente convocatoria. Las empresas únicamente podrán ser beneficiarias cuando tengan la condición de microempresa o de pequeña o mediana empresa (pyme), de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022. En el caso de productores de plantas de vivero, deberán estar inscritos en los correspondientes registros oficiales, y no será posible otorgar la indemnización si en el momento de la inspección inicial el vivero no cumpliera este trámite. Segundo. Objeto Esta orden tiene por objeto: a) Establecer las bases reguladoras para la concesión de indemnizaciones destinadas a compensar los daños derivados de la aplicación de medidas fitosanitarias de erradicación adoptadas sobre vegetales afectados por plagas de cuarentena y otras plagas reglamentadas. b) Convocar, para el año 2026, las indemnizaciones reguladas en esta orden (código de procedimiento MR465A). Tercero. Bases reguladoras Orden de 30 de septiembre de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de indemnizaciones en materia de sanidad vegetal en la Comunidad Autónoma de Galicia y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MR465A). Cuarto. Importe Para la concesión de las indemnizaciones convocadas se destinará un crédito de 40.000 euros. Este importe se podrá incrementar en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de las solicitudes y, en su caso, de la correspondiente documentación será de un mes, y comenzará a las 9.00 horas, una vez transcurridos cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y finalizará a las 20.00 horas del último día del plazo. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Organisme convocant

GALICIA — CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL

Àmbit

GALICIA

Categoria

Agricultura

Destinataris

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PIMEs (petites i mitjanes empreses)

Més informació

Terminis

Data de publicació6 d'octubre de 2026
Data d'inici de sol·licituds16 d'octubre de 2026
Data fi de sol·licituds15 de novembre de 2026

Informació completa

AdministracióAutonòmica
Tipus de convocatòriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalitatAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector econòmic01.6 - Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha
Última actualització BD30 d'octubre de 2026

Qui pot sol·licitar esta ajuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PIMEs (petites i mitjanes empreses)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.

Informació econòmica

Pressupost total40.000 €
Modalitat d'ajudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.

Bases reguladores

ORDEN de 30 de septiembre de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de indemnizaciones en materia de sanidad vegetal en la Comunidad Autónoma de Galicia y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MR465A).

Bases reguladores ↗

Base jurídica de l'ajuda (règim d'ajudes d'Estat)

  • ART. 26 AYUDAS DESTINADAS A LOS COSTES DE PREVENCIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE ENFERMEDADES ANIMALES O PLAGAS VEGETALES Y AYUDAS DESTINADAS A REPARAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR ENFERMEDADES ANIMALES O PLAGAS VEGETALES

Reglament UE aplicable

PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)