SUBVENCIÓN ADQUISICIÓN VEHÍCULOS AUTOTAXI Y EUROTAXI 2024
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Madrid. Presupuesto: 1,3 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto. Vehículos que presenten las siguientes características y hayan sido adquiridos por las personas titulares de licencia de autotaxi en los períodos que se indican a continuación: a)Tramos 1 y 2: Eurotaxi (taxi adaptado), Cero emisiones o Eco, ya sean nuevos o usados, adquiridos desde el día 15 de junio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024, ambos incluidos. b)Tramo 3: Autotaxi Cero emisiones, que sean nuevos, adquiridos desde el 27 de septiembre de 2023 hasta el 30 de junio de 2024, ambos incluidos. Segundo. Personas beneficiarias. Titulares de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid que adquirieran un vehículo para su adscripción a la licencia de autotaxi con la que se solicita la subvención. El vehículo sustituido no podrá tener una antigüedad superior a la fijada por la normativa autonómica de transporte urbano. Tercero. Procedimiento de concesión. De acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva. Cuarto. Bases reguladoras. Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013. Quinto. Cuantía. El crédito de la convocatoria asciende a UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL EUROS (1.300.000 euros). La cuantía de las ayudas se determinará siguiendo los criterios fijados en al apartado 5.2 de la convocatoria, siendo como máximo las siguientes: c)Tramo 1: Vehículos Eurotaxi nuevos, Cero emisiones o ECO: 20.000 euros por vehículo, sin que en ningún caso pueda superar el 50 % del importe de la factura del vehículo, IVA excluido. d)Tramo 2: Vehículos Eurotaxi de segunda mano, Cero emisiones o ECO: 10.000 euros por vehículo, sin que en ningún caso pueda superar el 50% del importe de la factura, IVA excluido. e)Tramo 3: Vehículos AUTOTAXI CERO EMISIONES nuevos: 5.000 euros (cinco mil euros) por vehículo. Sexto. Presentación de solicitudes. Las solicitudes podrán presentarse desde el 1 de junio de 2024 hasta el 30 de junio de 2024, ambos incluidos. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado específico para esta convocatoria, que estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es, y se presentarán, junto con la documentación exigida y descrita en el apartado 7.3, en el Registro del Ayuntamiento de Madrid o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la LPAC. Séptimo. Pago. Una vez publicada la resolución de concesión se procederá al pago de la subvención que estará sujeta al orden de prelación de pagos establecido en el Plan de Disposición de Fondos de Tesorería y al resto de disposiciones vigentes en la materia. Octavo. Acumulación y compatibilidad de las ayudas. Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que la totalidad de las ayudas obtenidas no exceda el precio del vehículo objeto de la subvención, excluidos impuestos. El solicitante, al desarrollar una actividad económica, no podrá superar los límites establecidos en el Reglamento UE 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Organismo convocante
MADRID — ÁREA DE GOBIERNO DE MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD
Ámbito
Madrid
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de marzo de 2024 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Subvenciones al transporte |
| Sector económico | 52.3 - Actividades de intermediación para el transporte; 49.3 - Otro transporte terrestre de pasajeros; 49.1 - Transporte de pasajeros por ferrocarril |
| Última actualización BD | 20 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,3 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OP
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 1407/2013 de minimis, General