CONVOCATORIA CAMPAÑA NAVIDEÑA: “LOS RASCAS DE NAVIDAD VUELVEN A FUENTE ÁLAMO”
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 10.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
CONVOCATORIA CAMPAÑA NAVIDEÑA: “LOS RASCAS DE NAVIDAD VUELVEN A FUENTE ÁLAMO” El Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia tiene entre sus principales prioridades y competencias, dinamizar y promocionar el comercio local como motor fundamental de la economía local. Por ello, desde la Concejalía de Comercio con la colaboración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se organiza la campaña navideña “Los rascas de Navidad vuelven a Fuente Álamo”. Esta campaña tiene como objetivo principal potenciar el consumo en los comercios de nuestro municipio, a través de unos bonos, colaborando tanto en el gasto familiar de los ciudadanos como impulsando el consumo local y fomentando la actividad comercial. Esta campaña va dirigida a los establecimientos comerciales del municipio de Fuente Álamo de Murcia, cuya concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva conforme a lo previsto en las presentes bases. 1.- Objeto y finalidad. Las bases tienen por objeto promover una campaña de apoyo al comercio local e impulso al consumo en aquellos establecimientos ubicados en el término municipal de Fuente Álamo de Murcia que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria. Objetivos: - Fomentar las compras en el pequeño comercio del término Municipal de Fuente Álamo de Murcia. - Animar a los establecimientos para que vendan la variedad del comercio existente en Fuente Álamo de Murcia. - Motivar a los fuentealameros y a sus visitantes para que, durante estas fechas, realicen sus compras en el municipio. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, sujetándose a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Las subvenciones serán compatibles con otras ayudas de diferente Administración que tengan la misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste del gasto subvencionado, de acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 19 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 2.- Legislación aplicable. Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; en la Ordenanza General reguladora de las Subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia (BORM, Nº 86 de 16/04/2013), y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado. 3.- Beneficiarios. 3.1.- Participantes. Podrán participar de forma gratuita y voluntaria todos los residentes y visitantes del municipio de Fuente Álamo, mayores de 18 años, que realicen compras en los comercios adheridos a la campaña. 3.2. Comercios. Podrán ahderirse a esta iniciativa tanto las personas físicas o jurídicas, y las comunidades de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica que desarrollen alguna actividad comercial o empresarial en el término municipal de Fuente Álamo de Murcia, y que cumplan los siguientes requisitos: a) Cumplir los requisitos generales establecidos en el art. 6 de la Ordenanza de Subvenciones. b) Que el establecimiento, instalación o local afecto a la actividad económica se encuentre en el término municipal de Fuente Álamo de Murcia. c) No incurrir en ninguno de los motivos de exclusión establecidos en el art. 8 de la Ordenanza de Subvenciones. d) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria y con el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia. e) No podrán obtener la condición de beneficiarios en quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. f) Estar en posesión de la correspondiente licencia de apertura, o haber presentado en el Ayuntamiento, debidamente cumplimentada, la declaración responsable o comunicación previa que le habilita para el ejercicio de la actividad indicada. En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica debe nombrarse una persona representante apoderada, con poderes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes. La agrupación o comunidad de bienes no podrá disolverse hasta que trascurra el plazo de prescripción a que hacen referencia los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los comercios y empresas deberán publicitar la condición de entidad participante de la presente campaña, en aras de la debida información a los posibles interesados. Cada comercio adherido recibirá un cartel promocional que deberán colgar, de forma visible, en su establecimiento durante el plazo de duración de la campaña. Asimismo, el Ayuntamiento publicará el listado de comercios y empresas que han adquirido la condición de entidad participante en el programa de subvenciones objeto de tramitación. Los comercios deberán manifestar su interés en adherirse a la campaña y cumplimentar previo al inicio de la campaña el formulario de adhesión que el ayuntamiento pondrá a su disposición. 4.- Desarrollo de la campaña. Los clientes que realicen una compra por un importe igual o superior a 25 € en cualquier comercio del municipio de Fuente Álamo adherido a esta campaña, recibirán una…
Organismo convocante
FUENTE ÁLAMO DE MURCIA — AYUNTAMIENTO DE FUENTE ÁLAMO DE MURCIA
Ámbito
REGION DE MURCIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 5 de diciembre de 2025 |
| Fecha inicio de solicitudes | 11 de diciembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 14 de diciembre de 2025 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 19 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 10.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza general reguladora de las subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia.