Fomento PYME agroalimentaria (PAL) Reg.exención 2022/2472
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: La Rioja. Presupuesto: 4,0 M€. Se puede solicitar hasta el 11 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: la puedes solicitar si cumples los requisitos y, mientras haya fondos, se asigna a todos los que la soliciten. Está dirigida a pymes y a personas físicas con actividad de transformación o de venta mayorista de productos agrícolas que tengan su establecimiento operativo en La Rioja. Consiste en una subvención en efectivo sin necesidad de devolver el dinero. La solicitud se presenta hasta el 11 de diciembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ Primero. - Beneficiarios: Pequeñas y medianas empresas que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja y ejerzan la actividad económica de transformación de productos agrícolas en productos agrícolas o de comercialización mayorista de productos agrícolas. Segundo. - Objeto: Fomentar las inversiones promovidas por pymes, relacionadas con la transformación de productos agrícolas en productos agrícolas o la comercialización mayorista de productos agrícolas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Tercero.- Bases reguladoras: Orden DEA/34/2023, de 26 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a las inversiones relacionadas con la transformación o comercialización de productos agrícolas promovidas por pymes, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja nº 110, de 31 de mayo de 2023), modificada por Orden EIE/8/2025, de 24 de enero (Boletín Oficial de La Rioja núm. 18, de 28 de enero de 2025). Cuarto. - Cuantía: Importe del crédito disponible: 4.000.000,00 euros. Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja, a las 9:00 horas y finalizará el 11 de diciembre de 2026, a las 14:00 horas. Se admitirán dos solicitudes por empresa y convocatoria. La solicitud deberá ser previa al inicio del proyecto o actividad subvencionada. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Orden Reguladora, las inversiones que se realicen antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda podrán considerarse subvencionables, siempre y cuando con carácter previo al inicio de las inversiones se haya presentado una pre-solicitud de ayuda entre el 1 de enero de 2026 y la fecha en que se publique la presente convocatoria. Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable. Sexto. - Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria), de acuerdo con la Orden 1/2017, de 7 de marzo, Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (B.O.R nº 29/2017, de 10 de marzo). - Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 8, de la convocatoria. Séptimo. - Otros datos de interés: - Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es) - Procedimiento de concesión. - La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.
Organismo convocante
LA RIOJA — AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
Ámbito
La Rioja
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 21 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 11 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; 10 - Industria alimentaria |
| Última actualización BD | 31 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 4,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Resolución de 21 de abril de 2026 de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja por la que se aprueba la convocatoria 2026 de las subvenciones destinadas a las inversiones relacionadas con la transformación de productos agrícolas en productos agrícolas o la comercialización mayorista de productos agrícolas promovidas por pymes, en régimen de concesión directa (extracto). ↗
Bases reguladoras
Orden DEA/34/2023, de 26 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la ADER destinadas a las inversiones relacionadas con la transformación o comercialización de productos agrícolas promovidas por pyme
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 17 AYUDAS DESTINADAS A LAS INVERSIONES RELACIONADAS CON LA TRANSFORMACIÓN O COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS
Reglamento UE aplicable
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)