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Convocatoria pública de subvenciones con destino a actuaciones de rehabilitación de los edificios residenciales en los Barrios Poblado Dirigido Fuencarral-Santa Marta. Plan Transforma tu Barrio 2026

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 912419

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Madrid. Presupuesto: 500.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Decreto de 11 de junio de 2026 del Delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones con destino a actuaciones de rehabilitación de los edificios residenciales en los barrios de Poblado Dirigido de Orcasitas, Meseta de Orcasitas, San Cristóbal de Los Ángeles, Poblado Dirigido de Fuencarral- Santa Ana y Barrio de Puerto Chico, de Madrid, “Plan Transforma tu Barrio 2026” Expediente nº 511/2026/28263 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero. Objeto.- La finalidad de estas subvenciones es el fomento y promoción de la realización de actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y retirada de amianto en edificaciones existentes con uso característico residencial vivienda, en cada uno de los ámbitos delimitados. Segundo. Bases reguladoras.- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo de 30 de octubre de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid y el Decreto de 11 junio de 2026 del Delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones de subvenciones 2026 con destino a actuaciones de rehabilitación de los edificios residenciales en los barrios de Poblado Dirigido de Orcasitas, Meseta de Orcasitas, San Cristóbal de Los Ángeles, Poblado Dirigido de Fuencarral- Santa Ana y Barrio de Puerto Chico, de Madrid, “Plan Transforma tu Barrio 2026”. Tercero. Beneficiarios y requisitos de los mismos.- Podrán ser beneficiarios: a.Las comunidades de propietarios, mancomunidades de propietarios u otras agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 LPH. b.Los propietarios que, de forma agrupada, lo sean de edificios residenciales de uso vivienda y reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil (en adelante, Cc.), aun cuando no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal. c.Los propietarios de edificios residenciales en categoría de vivienda unifamiliar. d.Las comunidades energéticas. e.Los propietarios únicos de edificios de tipología de vivienda colectiva que ostenten más de un 60% de la cuota de participación de la comunidad, previo compromiso de aportar las viviendas vacías de su edificio al programa “Reviva Madrid” del Plan Integral de Alquiler Municipal de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid, S.A., en los términos establecidos en el apartado 11.1 e) de la convocatoria. Cuarto. Cuantía.- El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 2.500.000,00 euros. La aportación municipal máxima para las subvenciones objeto de la presente convocatoria presenta la siguiente distribución: a)Línea 1: “Poblado Dirigido de Orcasitas”: Un total de 500.000,00 euros correspondiendo, 500.000 euros a la anualidad 2026 y 0,00 euros a la anualidad 2027 b)Línea 2: “Meseta de Orcasitas”. Un total de 500.000,00 euros correspondiendo, 500.000,00 euros a la anualidad 2026 y 0,00 euros a la anualidad 2027 c)Línea 3: “Barrio de San Cristóbal de Los Ángeles”. Un total de 500.000,00 euros, correspondiendo, 0,00 euros a la anualidad 2026 y 500.000,00 euros a la anualidad 2027 d)Línea 4: “Poblado Dirigido de Fuencarral-Santa Ana”. Un total de 500.000,00 euros, correspondiendo 0,00 euros a la anualidad 2026 y 500.000,00 euros a la anualidad 2027 e)Línea 5: “Barrio de Puerto Chico”. Un total de 500.000,00 euros correspondiendo 0,00 euros a la anualidad 2026 y 500.000 euros a la anualidad 2027 Las ayudas objeto de esta convocatoria consistirán en un porcentaje sobre el presupuesto protegible, en función del tipo de actuación subvencionable, todo ello de conformidad con lo regulado en el apartado 24 de la convocatoria y en el Anexo de la misma. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo de presentación de las solicitudes de subvención comprenderá el periodo temporal que se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOCM, y finaliza a los cuatro meses de su publicación. Sexto. Órganos competentes.- Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán respectivamente la persona titular de la Dirección General de Políticas de Vivienda y Rehabilitación y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda. Séptimo. Publicación.- El Área de Gobierno de Políticas de Vivienda publicará una relación de las subvenciones concedidas en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" y se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es, y en la página web www.madrid.es. Igualmente, se dará publicidad a través de la BDNS. Octavo. Justificación y pago de las subvenciones.- La justificación se realizará mediante la modalidad "cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto" y demás documentación incluida en el apartado 31 de la convocatoria, y el pago de la subvención adoptará la modalidad de pago anticipado en pago único. Madrid, a 11 de junio de 2026.- El Delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, Álvaro González López.

Organismo convocante

MADRID — ÁREA DE GOBIERNO DE POLÍTICAS DE VIVIENDA

Ámbito

Madrid

Categoría

Vivienda

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación12 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAcceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector económico43.2 - Instalaciones eléctricas, de fontanería y otras instalaciones en obras de construcción
Última actualización BD2 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total500.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OP

Bases reguladoras ↗

Reglamento UE aplicable

· Objetivos