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6 DE JULIO 2026 DE LA CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA POR LA QUE SE APRUEBA CONVOCATORIA DE AYUDAS LEADER FINANCIADAS POR LA INTERVENCION 7119 PARA EJECUCION DE PROYECTOS NO PROGRAMADOS EN EL MARCO DEL PEPAC DEL GAL SIERRA ESPUÑA.

Denominación oficial: ORDEN 6 DE JULIO 2026 DE LA CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA POR LA QUE SE APRUEBA CONVOCATORIA DE AYUDAS LEADER FINANCIADAS POR LA INTERVENCION 7119 PARA EJECUCION DE PROYECTOS NO PROGRAMADOS EN EL MARCO DEL PEPAC DEL GAL SIERRA ESPUÑA.

Plazo de solicitud 30 de septiembre de 2026
Estado Abierta · quedan 52 días
Código BDNS 917632

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: REGION DE MURCIA. Presupuesto: 1,3 M€. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Personas beneficiarias de las ayudas. 1.Con carácter general, podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad, o que prevean desarrollarla con la puesta en marcha de la iniciativa. Las personas beneficiarias de las ayudas podrán ser: a) Entidades públicas de carácter local, con ámbito territorial inferior al provincial: ayuntamientos, mancomunidades, entidades locales menores y consorcios. b) Personas de derecho privado: Personas físicas o jurídicas incluidas sus uniones y federaciones, sociedades civiles, así como las agrupaciones de personas físicas, tales como las Comunidades de bienes (CB) u otras agrupaciones que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las operaciones que motivan la concesión de la subvención. c) Asociaciones, fundaciones, comunidades de regantes y consejos reguladores, y otras entidades sin ánimo de lucro, incluidas sus uniones y federaciones. 2. Para obtener la condición de beneficiario, los solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden de 6 de julio de 2026, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca por la que se aprueba esta convocatoria. Segundo. Objeto, finalidad y ámbito territorial. 1. La presente Convocatoria tiene por objeto convocar las ayudas destinadas a la realización de operaciones de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Territorio Sierra Espuña 2023-2027, en adelante EDLP Territorio Sierra Espuña, mediante las ayudas reguladas en la Orden de 15 de abril de 2026, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas LEADER financiadas por la intervención 7119 para la ejecución de proyectos no programados (7119.02.1), en el marco del Plan Estratégico de Política Agraria Común, periodo 2023-2027. 2. Las ayudas reguladas en la presente convocatoria, tienen como finalidad apoyar actuaciones dirigidas a fomentar la creación de empleo, la mejora de la calidad de vida, la diversificación de la actividad económica, la innovación, el mantenimiento del patrimonio natural y cultural, la bioeconomía circular, la inclusión social, la conservación y mejora del medio ambiente y la igualdad de género en el medio rural. 3. El ámbito de aplicación es el establecido en la EDLP Territorio Sierra Espuña y que corresponde con los siguientes municipios: Albudeite, Aledo, Alhama de Murcia, Campos del Río, Librilla, Mula, Pliego y Totana. Tercero. Bases reguladoras. Orden de 15 de abril de 2026 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, se establecen las bases reguladoras de las ayudas LEADER financiadas por la intervención 7119 para la ejecución de proyectos no programados (7119.02.01), en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, periodo 2023-2027 (BORM. nº 91, de 22 de abril de 2026), y corrección de errores de 13 de mayo de 2026 (BORM nº 114, de 20 de mayo de 2026). Cuarto. Cuadro presupuestario. 1. Las ayudas reguladas en la presente convocatoria serán cofinanciadas por la Unión Europea, a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 60% a la Unión Europea, a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 12% a la Administración General del Estado, por medio del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), y en un 28% a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. 2. La financiación de las ayudas se efectuará con cargo a créditos de carácter plurianual, en los términos establecidos en el artículo 37 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre. 3. Los créditos previstos podrán ajustarse entre los distintos ejercicios mediante el oportuno reajuste de anualidades o entre partidas, de acuerdo con las necesidades derivadas de la ejecución de las ayudas. 4. El importe global para proyectos no programados de la EDLP "Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Territorio de Sierra Espuña 2023-2027” mediante tramitación anticipada de gasto, será de 1.253.890,57 €, siendo la distribución por líneas y tipo de peticionario la que se refleja en el Anexo II. 5. De conformidad con el artículo 37.6 del Decreto Legislativo 1/1999 de 2 de diciembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, se pretenden adquirir los siguientes compromisos de tramitación anticipada, conforme a los ejercicios 2027, 2028 y 2029 o partidas equivalentes en ejercicios futuros de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, según los siguientes proyectos y cuantías: Partida presupuestaria 17.03.00.531A.48029, proyecto 54712, importe 132.244,00 €. Partida presupuestaria 17.03.00.531A.76029, proyecto 54561, importe 477.003,57 €. Partida presupuestaria 17.03.00.531A.77029, proyecto 54710, importe 625.643,00 €. Partida presupuestaria 17.03.00.531A.78029, proyecto 54711, importe 19.000,00 €. 6. A efectos del artículo 58.4 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la distribución de la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas entre los créditos de las distintas anualidades tendrá carácter estimativo. Asimismo, la financiación de las ayudas queda sometida a la condición suspensiva de existencia en los presupuestos de los años correspondientes de crédito adecuado y suficiente. 7. De conformidad con el artículo 9, apartado 5, de la Orden de 15 de abril de 2026 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas LEADER financiadas por la intervención 7119 para la ejecución de proyectos no programados (7119.02.01), en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, periodo 2023-2027, se fija una cuantía adicional máxima de 100.000,00 euros cuya…

Organismo convocante

REGIÓN DE MURCIA — CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Ámbito

REGION DE MURCIA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación7 de julio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes30 de septiembre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económicoAGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
Última actualización BD2 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1,3 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden 15 abril 2026 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas LEADER financiadas por la intervención 7119 para la ejecución de proyectos no programados (7119.02.01) del PEPAC.

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 61 IMPORTES LIMITADOS DE AYUDA PARA PROYECTO DE DLP

Reglamento UE aplicable

OTROS DISTINTOS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)