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CS plan renove electrodomésticos bajo consumo energético-particulares

Denominación oficial: CS PLAN RENOVE ELECTRODOMÉSTICOS BAJO CONSUMO ENERGÉTICO-particulares

Plazo de solicitud 31 de octubre de 2026
Estado Abierta · quedan 32 días
Código BDNS 922396

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: La Rioja. Presupuesto: 500.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de octubre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda es una subvención en efectivo para comprar electrodomésticos de bajo consumo energético. La puedes solicitar si eres una persona física que no ejerza actividad económica y vives en La Rioja. No hay concurso: si cumples los requisitos y hay fondos disponibles, la recibirás. La convocatoria está abierta hasta el 31 de octubre de 2026 y el total disponible es 500 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Bases reguladoras. Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a particulares para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético, modificada por Orden EIE/ 22/2024, de 16 de abril. Segundo. Objeto. Convocar las ayudas reguladas en la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a particulares para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético. Tercero. Beneficiarios y requisitos para obtener tal condición. Los indicados en el artículo 4 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno. Cuarto. Actuaciones subvencionables. a) Requisitos: Los señalados en el artículo 8 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, modificada por la Orden EIE/ 22/2024, de 16 de abril. b) Costes elegibles. b.1) Productos con clasificación energética regulada por la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía mediante el etiquetado y una información normalizada del producto y que se incorporó al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 1390/2011, de 14 de octubre: - Secadora con clase energética A++ o superior. - Horno, clase energética A+ o superior. - Encimeras de inducción (solamente tecnología de inducción, no mixtas). - Campanas extractoras A++ o superior. b.2) Productos según la clasificación energética vigente (Reglamento UE/2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2017): - Frigorífico o frigorífico-congelador con clase de eficiencia energética D o superior. - Congelador con clase de eficiencia energética D o superior. - Lavadora con clase de eficiencia energética B o superior. - Lavasecadora con clase energética B o superior. - Lavavajillas con clase de eficiencia energética D o superior. Quinto. Importe. La presente convocatoria se aprueba por importe total de QUINIENTOS MIL EUROS (500.000 euros), que se imputará a la partida presupuestaria 19.03.01. 4715 780.01 “Plan de eficiencia doméstica” del ejercicio 2026. Sexto. Cuantía de las ayudas y costes subvencionables máximos. La indicada en el artículo 10 de la Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, modificada por la Orden EIE/ 22/2024, de 16 de abril. Séptimo. Plazos. a) Plazo para la adhesión de los establecimientos: 10 días a contar desde la fecha de publicación del presente extracto de Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja. b) Plazo de vigencia del Plan: desde el 1 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2026 para la recepción de solicitudes, salvo que se hubiera agotado el crédito disponible. Eventualmente este plazo podrá ser objeto de ampliación si no se hubiera agotado el crédito disponible. c) Plazo de justificación por parte de la Entidad Colaboradora: 16 de noviembre de 2026. Este plazo se recogerá en el contrato con la Entidad Colaboradora para la gestión de las ayudas, que se suscribirá al efecto.

Organismo convocante

LA RIOJA — CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

Ámbito

La Rioja

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación29 de julio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes31 de octubre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Última actualización BD26 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total500.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden STE 74/2021, de 17 de noviembre de 2021 modificada Orden EIE/ 22/2024, de 16 de abril

Bases reguladoras ↗