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Call for applications for 2025 aid to promote innovative educational projects and/or good practices in educational centers in Paterna, which are in line with the objectives of the Charter of Educating Cities and Local Plan for Childhood and Adolescence

Application deadline Not available
Status Not available
BDNS code 838758

Summary

This grant is aimed at legal persons that do not develop economic activity. Scope: Valencia / València. Budget: 50.000 €. The application process is done electronically. Competitive concurrence - canonical.

Official description of the call

Extracto Convocatoria Ayudas para el fomento de proyectos educativos innovadores y/o buenas prácticas en centros educativos del municipio de Paterna, que vayan en consonancia con los objetivos de la Carta de Ciudades Educadoras y el Plan Local de Infancia y Adolescencia de Paterna, ejercicio 2025. 1 - OBJETO. Prestación de ayudas económicas por parte del Ayuntamiento de Paterna para el fomento de proyectos educativos innovadores, para el año 2025, en centros educativos del municipio de Paterna que reúnan las condiciones que se disponen en las Bases reguladoras del procedimiento. Podrán ser objeto de subvención los proyectos educativos innovadores o de innovación educativa, así como de buenas prácticas en educación, que contribuyan a la consecución de los objetivos marcados en la base 1.4, y de acuerdo con diferentes líneas de actuación prioritarias propuestas en la base 2.1 de las las Bases reguladoras del procedimiento. 2- BASES REGULADORAS. Las Bases Reguladoras del procedimiento de solicitud y concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Ayuntamiento de Paterna, para el fomento de proyectos educativos innovadores y/o buenas prácticas en centros educativos del municipio de Paterna, son las aprobadas por el Ayuntamiento en Pleno de fecha 25 de enero de 2024 y cuyo texto íntegro aprobado definitivamente se publica en el BOP de Valencia nro. 67 de fecha 5 de abril de 2023. 3-NORMATIVA APLICABLE. El artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril RBRL, referentes a competencias de las administraciones locales. El Plan Estratégico de subvenciones 2024-2026 aprobado por Decreto de Alcaldía núm. 5256 de fecha 29 de diciembre de 2023 con csv 5R2P4T1VSX29243M0075. Las ayudas que se concedan al amparo de esta convocatoria, cuyo procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva, tendrán el carácter de ayuda económica y se regirán por las bases reguladoras referidas en el punto 2, que tienen carácter de ordenanza y fueron aprobadas por el Ayuntamiento Pleno en sesión Ordinaria de fecha de fecha 25 de enero de 2023, y fueron publicadas íntegramente en el BOP de Valencia nro. 67 de fecha 5 de abril de 2023. En todo lo no previsto en esta disposición, se regirán por las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Paterna, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. En todo caso, los procedimientos regulados en la presente convocatoria se ajustarán a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4– DESTINATARIOS DE LAS AYUDAS ESCOLARES. REQUISITOS: Podrán adquirir la condición de beneficiario, los Centros Docentes públicos y privados concertados, así como los de titularidad privada autorizados por la Administración Educativa; de las etapas y ciclos de Educación Infantil de primer y segundo ciclo, Primaria, y Secundaria Obligatoria y Pos-obligatoria; así como Escuela de Adultos y Escuela Oficial de Idiomas; Centros de educación especial, incluidos los proyectos para aulas específicas en centros ordinarios o aulas UECO; que radiquen en el municipio de Paterna, que: a. Soliciten la concesión de esta subvención dentro del plazo establecido en la presente convocatoria. b. Que estén al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Paterna, Hacienda Autonómica y Estatal y estar al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social. c. No incurran en ninguna de las condiciones establecidas en los artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones. 5- FORMALIZACIÓN, PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO A LA MISMA: 1. Los interesados en participar en este programa deberán cumplimentar la solicitud telemática (ANEXO I), y el resto de impresos que se unen como resto de ANEXOS a las Bases reguladoras del procedimiento (acompañados de la documentación complementaria correspondiente), disponibles en la página web del Ayuntamiento de Paterna (www.paterna.es). 2. Lugar de presentación de la solicitud: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes de ayuda se presentarán, en modelo normalizado, y se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Paterna, presentándose en el siguiente plazo: del 23 de junio al 12 de septiembre de 2.025. 3. Documentación a aportar: La solicitud, indicando la voluntad de participar en la convocatoria, como el resto de documentos, deberán estar firmados por el representante legal de la entidad, y deberá ir acompañada de la documentación, declaraciones responsables y autorizaciones señaladas en la base 7.3 las Bases reguladoras del procedimiento. 4. Plazo: Del 23 de junio al 12 de septiembre de 2.025. 5. Solicitudes incompletas. Se requerirá a los interesados / as, mediante la publicación de listado de las solicitudes incompletas en la web municipal, www.paterna.es, para que, en el plazo de diez días hábiles a partir de dicha publicación, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieren, se les tendrá por desistidos de su petición, archivándose sin más trámite, conforme a lo dispuesto en el art. 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 6-IMPORTE Y PAGO DE LA SUBVENCIÓN. 1. La determinación de la cuantía de cada ayuda vendrá determinada, tras la valoración de solicitudes, adjudicación y distribución de la cuantía, y una vez se apliquen los criterios de valoración previstos en la base 12 de las reguladoras del procedimiento, sin que la dotación para un proyecto presentado pueda superar el coste del mismo, y en ningún caso, más de 2.500€ por centro. 2. El importe de las ayudas concedidas se hará efectivo previa…

Issuing agency

PATERNAL — PATERNA CITY COUNCIL

Scope

Valencia / València

Category

Education

Recipients

LEGAL PERSONS THAT DO NOT DEVELOP ECONOMIC ACTIVITY

More information

Deadlines

Publication dateJune 10, 2025
Application start dateNot available
Application end dateNot available

Full information

AdministrationLocal
Call typeCompetitive concurrence - canonical
PurposeEducation
Economic sectorARTISTIC, SPORTS AND ENTERTAINMENT ACTIVITIES; Q - EDUCATION
Last database updateJuly 19, 2026

Who can apply for this grant?

  • LEGAL PERSONS THAT DO NOT DEVELOP ECONOMIC ACTIVITY

The full requirements may vary. Check the governing rules and the official portal to confirm all requirements.

Financial information

Total budget50.000 €
Grant formatSUBSIDY AND MONEY DELIVERY WITHOUT COMPENSATION

The exact amount may vary depending on your specific case. Always check the governing rules before applying.

Governing rules

REGULATORY ORDINANCE OF THE BASES THAT GOVERN THE GRANTING OF AID TO INNOVATIVE EDUCATIONAL PROJECTS CARRIED OUT BY EDUCATIONAL CENTERS OF THE MUNICIPALITY OF PATERNA

Governing rules ↗