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De 22 de abril de 2026 de la Consejería de la Presidencia por la que se determina la cuantía que corresponde a cada entidad local en el Fondo de Cohesión Territorial en Castilla y León

Official name: Orden de 22 de abril de 2026 de la Consejería de la Presidencia por la que se determina la cuantía que corresponde a cada entidad local en el Fondo de Cohesión Territorial en Castilla y León

Application deadline May 22, 2026
Status Closed
BDNS code 900653

Summary

This grant is aimed at personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Scope: CASTILLA Y LEON. Budget: 20,0 M€. The application process is done electronically. Concurrencia competitiva - canónica.

Official description of the call

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. También podrá consultarse en el portal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el apartado de ayudas a las entidades locales, Ayudas de la Cooperación Económica local General y FCL 2026 Primero.- Beneficiarios. 1.- Los municipios con población superior a 1.000 habitantes e inferior o igual a 20.000 habitantes. 2.- Los municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes. Segundo.- Objeto y finalidad. Subvenciones con destino a inversiones en: a) Infraestructura y equipamiento de servicios municipales mínimos y obligatorios. b) Infraestructura y equipamiento de otros servicios de interés comunitario local prestados por las entidades locales. Tercero.- Bases reguladoras. Orden PRE/804/2022, de 30 de junio, de la Consejería de la Presidencia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones de entidades locales del Fondo de Cohesión Territorial en Castilla y León. Cuarto.- Cuantía. 1.- La cuantía del Fondo de Cohesión Territorial que corresponde a cada uno de los municipios con población superior a 1.000 habitantes e inferior o igual a 20.000 habitantes es la señalada en el Anexo I que se acompaña a la presente Orden, por un importe total de 10.237.744,30 euros. 2.- La cuantía del Fondo de Cohesión Territorial que corresponde a cada uno de los municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes es la señalada en el Anexo II que se acompaña a la presente Orden, por un importe total de 9.762.255,70 euros. 3.- En el caso de los municipios con población superior a 1.000 habitantes e inferior o igual a 20.000 habitantes, las subvenciones concedidas no podrán superar el 75% del presupuesto considerado, debiendo aportar el municipio, en todo caso y como mínimo, el 25% de dicho presupuesto. 4.-Para los municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes, en la financiación de cada proyecto participarán la Administración de la Comunidad de Castilla y León, la diputación provincial y el municipio afectado. Las subvenciones concedidas no podrán superar el 50% del presupuesto considerado, debiendo aportar el municipio, en todo caso y como mínimo, el 25% de dicho presupuesto y la correspondiente Diputación Provincial el resto de financiación. Mediante convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma y la Diputación Provincial correspondiente se ha concretado la participación de las administraciones implicadas en la financiación de los proyectos, siendo, en todo caso, el porcentaje de cofinanciación de la Comunidad Autónoma el mayor de las tres administraciones. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. 1.- El último día para la presentación de la documentación necesaria para la tramitación de las subvenciones dirigidas a inversiones de los municipios con población superior a 1.000 habitantes e inferior o igual a 20.0000 habitantes de Castilla y León, reguladas en la Sección Segunda será el 22 de mayo de 2026. 2.- La parte del Fondo de Cohesión Territorial que corresponda al conjunto de municipios con población inferior o igual a 1.000 habitantes de cada provincia será gestionada por la correspondiente diputación provincial, en los términos previstos en este artículo y en el respectivo convenio de colaboración suscrito por esta Administración Autonómica y cada una de las Diputaciones Provinciales de la Comunidad. Los municipios beneficiarios presentarán la documentación a la que se refiere el artículo séptimo de esta Orden ante la Diputación Provincial correspondiente, en la forma y plazo que determine la propia Diputación Provincial.

Issuing agency

CASTILLA Y LEÓN — COUNSEL OF THE PRESIDENCE

Scope

CASTILLA Y LEON

Category

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Recipients

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

More information

Deadlines

Publication dateApril 22, 2026
Application start dateApril 25, 2026
Application end dateMay 22, 2026

Full information

AdministrationRegional
Call typeConcurrencia competitiva - canónica
PurposeOtras actuaciones de carácter económico
Economic sector84.1 - Administración pública y de la política económica, social y medioambiental; 84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general
Last database updateAugust 23, 2026

Who can apply for this grant?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Financial information

Total budget20,0 M€
Grant formatSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

The exact amount may vary depending on your specific case. Always check the governing rules before applying.

Governing rules

ORDEN PRE/804/2022, de 30 de junio, de la Consejería de la Presidencia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a inversiones de entidades locales del Fondo de Cohesión Territorial en Castilla y León.

Governing rules ↗