SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS (A.M.P.A.S) DE CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2023-2024
Denominación oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS (A.M.P.A.S) DE CENTROS EDUCATIVOS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS PARA EL CURSO ESCOLAR 2023-2024
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Madrid. Presupuesto: 36.736 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Extracto del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local Extraordinaria urgente del Ayuntamiento de Pinto de fecha 9 de noviembre de 2023, por la que se convocan subvenciones a proyectos de actividades de asociaciones de madres y padres de alumnos (A.M.P.A.S.) de centros educativos sostenidos con fondos públicos, de escuelas infantiles públicas y de escuela municipal de música para el curso escolar 2023-2024. De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (htpp://pap.minhap.gob.es/bdnstrans): PRIMERO.- Aprobar la convocatoria de subvenciones para el año 2023 del Ayuntamiento de Pinto para las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de centros sostenidos con fondos públicos, para favorecer el desarrollo de los programas, proyectos y actividades que se disponen en el Plan Estratégico de Subvenciones 2022-2024, y la baremación de criterios para la puntuación de las solicitudes de subvenciones de las mencionadas Entidades Sociales. SEGUNDO.- Aprobar el establecimiento del crédito presupuestario de 40.000 €, respetando las limitaciones del principio de estabilidad presupuestaria, correspondiente a la partida E01. 320. 48019 (Programa Municipal de Apoyo a la Escolaridad), del presupuesto de Pinto para 2023 destinando a la Convocatoria de subvenciones dirigidas a las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de centros educativos de Pinto sostenidos con fondos públicos. TERCERO.- Establecer un plazo para la presentación de solicitudes y documentación necesaria para la subvención de programas, proyectos y actividades de 5 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM), remitido por la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). CUARTO.- Aprobar la exposición al público de la Convocatoria de subvenciones para 2023, y sus criterios de baremación, dirigidas a Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de centros educativos de Pinto, sostenidos con fondos públicos, publicándose anuncio en el tablón de edictos y página Web del Ayuntamiento de Pinto, publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, remitido por la BDNS y abriéndose un plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en BOCM.
Organismo convocante
PINTO — AYUNTAMIENTO DE PINTO
Ámbito
Madrid
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 10 de noviembre de 2023 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 21 de julio de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 36.736 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES