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Decreto de 24 marzo 2025 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueba la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2025 y convocatoria anticipada para la anualidad 2026 del distrito de Usera

Denominación oficial: Decreto de 24 marzo 2025 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueba la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2025 y convocatoria anticipada para la anualidad 2026 del distrito de Usera.

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 115 días
Código BDNS 822579

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Madrid. Presupuesto: 170.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 31 de diciembre de 2026 y tu proyecto será evaluado junto a los demás, por lo que cumplir los requisitos no asegura recibir la ayuda. Se trata de una subvención en efectivo, sin necesidad de devolver el dinero, destinada a asociaciones sin actividad económica cuyo domicilio esté en el distrito de Usera, Madrid. El fondo total disponible es de 170 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

UNIDAD DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA<(>,<)> Y COOPERACIÓN PÚBLICO SOCIAL Expediente Nº 113/2025/00316 2 Extracto del Decreto de xxxxxxxxx de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueba la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2025 y convocatoria anticipada para la anualidad 2026 del distrito de Usera. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. (http:// www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): BDNS (758867) Primero. Beneficiarios. Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Usera, que estén inscritas en la Sección 1ª en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales del Ayuntamiento de Madrid. Segundo. Objeto. La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es fortalecer el tejido asociativo y promover la implicación activa de los ciudadanos en la vida comunitaria, contribuyendo a consolidar la continuidad y el crecimiento de las asociaciones, así como a mejorar la cohesión social, el bienestar y la calidad de vida en los barrios. Para ello, a través de la presente convocatoria, se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan las relaciones entre las personas asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y reforzándose así la intervención comunitaria. Tercero. Bases reguladoras. Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, publicada en www.madrid.es. Cuarto. Cuantía. El importe total destinado a la convocatoria del año 2025 asciende a 170.000,00 euros<(>,<)> que se distribuirán de la siguiente forma: - Modalidad de Proyectos: 100.000,00 euros. - Modalidad de Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios: 70.000,00 euros, cuyo desglose es el siguiente: - Gastos de funcionamiento de la sede social u otros espacios ubicados en el municipio de Madrid en los que la entidad desarrolla habitualmente su actividad: 40.000,00 euros. - Gastos de adquisición de mobiliario y de equipamiento necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad: 30.000,00 euros. La cuantía de la subvención se considerará importe cierto a los efectos de lo previsto en el artículo 18.1 de la OBRGS, entendiéndose, en consecuencia, que queda de cuenta de la entidad beneficiaria la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución del proyecto o actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad. El importe total destinado a la convocatoria anticipada 2026 asciende a 170.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma: -Modalidad de “Proyectos”: 100.00,00 euros. - Modalidad de “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”: 70.000,00 euros, cuyo desglose es el siguiente: - Gastos de funcionamiento de la sede social u otros espacios ubicados en el municipio de Madrid en los que la entidad desarrolla habitualmente su actividad: 40.000,00 euros. - Gastos de adquisición de mobiliario y de equipamiento necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad: 30.000,00 euros. La cuantía de la subvención se considerará importe cierto a los efectos de lo previsto en el artículo 18.1 de la OBRGS, entendiéndose, en consecuencia, que queda de cuenta de la entidad beneficiaria la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución del proyecto o actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la LGS. Para la convocatoria anticipada 2026 el plazo de presentación de solicitudes será del 3 de noviembre al 24 de noviembre de 2025. Sexto. Otros datos. Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de concurrencia competitiva. Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como solicitud de subvención en la presente convocatoria. Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I. Para la modalidad de Gastos de mantenimiento de Sedes Sociales, junto a la solicitud de subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II. Límites establecidos para 2025 y convocatoria anticipada 2026: En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar un proyecto a esta convocatoria. No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 5.000 ,00 euros, impuestos incluidos y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 5.000,00 euros. En la modalidad de gastos de funcionamiento de sede social u otros espacios no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual. Solo serán financiados los gastos de funcionamiento de sede social o alquiler de sede social de espacios ubicados en el municipio de Madrid en los que la entidad desarrolla…

Organismo convocante

MADRID — DISTRITO DE USERA

Ámbito

Madrid

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación25 de marzo de 2025
Fecha inicio de solicitudes1 de enero de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económico94.9 - Otras actividades asociativas
Última actualización BD19 de julio de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total170.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OP

Bases reguladoras ↗