AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL AYUNTAMIENTO DE SEDAVÍ 2025
Official name: CONVOCATORIA DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL AYUNTAMIENTO DE SEDAVÍ 2025
Summary
This grant is aimed at personas físicas que no desarrollan actividad económica. Scope: Valencia / València. Budget: 84.912 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Official description of the call
PRIMERO. PERSONAS BENEFICIARIAS: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos: 1. Residir y estar empadronados en Sedaví como mínimo 6 meses anterior a la solicitud.Excepcionalmente podrán ser beneficiarias las personas empadronadas menos de seis meses,siempre que se den circunstancias que lo justifiquen y sea razonado por el técnico/a de serviciossociales.2. En caso de menores no empadronados, se contabilizaran como unidad familiar siempre que exista un convenio por custodia compartida.3. Que la renta per cápita anual de la unidad familiar o del núcleo de convivencia a la que pertenezca el /la solicitante no supere el 100% del IPREM vigente en computo anual con doce pagas (7.200€). Determinación del límite de ingresos:Se considerarán ingresos familiares la totalidad de los ingresos brutos procedentes de todos los miembros que conviven en el domicilio familiar.Si se trata de alquileres compartidos por más de una unidad familiar sin relación de parentesco, se contemplarán los ingresos de la unidad familiar solicitante. A tales efectos, se contabilizarán todos los ingresos brutos provenientes de sueldos, rentas, propiedades, intereses bancarios y pensiones, o ayudas otorgadas por instituciones públicas o privadas a cualquiera de los miembros de la unidadfamiliar y/o convivencia.4. Se considerará unidad familiar la integrada por las personas que convivan en el domicilio familiar, con consanguinidad o afinidad hasta segundo grado,lo que se acreditará mediante certificados de convivencia, informes de los Servicios Sociales Generales u otros documentos que se soliciten, teniendo en cuenta el punto anterior.Se considera hogar independiente la convivencia de las personas solicitabntes, cuando éstas hayan tenido que abandonar la residencia habitual por causa de violencia, fuerza mayor, tratamiento terapéutico, desahucio, u otras situaciones a valoración de la trabajadora social, aún cuando la nueva vivienda sea un residencia colectiva.5. Que disponga de la prescripción técnica en la que se determine la necesidad de la acción objeto de ayuda.6. En una misma vivienda solo podrá existir una ayuda por concepto simultáneamente, salvo que se acredite la existencia de más de una unidad familiar.Excepcionalmente, se consideraran situaciones especiales,por ser de alto riesgo social, y no se considerarán los requisitos anteriormente indicados SEGUNDO. OBJETO: El presente programa tiene por objeto la regulación del procedimiento de concesión de las Ayudas de Emergencia Social en este Municipio. Con estas Ayudas de Emergencia Social se pretende apoyar aquellas personas y familias que carecen de recursos económicos para afrontar necesidades básicas con relación a vivienda, condiciones de habitabilidad y adquisición del equipamiento básico, alimentación, alojamiento, vestido, cuidado personal, situaciones de necesidad originadas por circunstancias que puedan poner en peligro la convivencia en el núcleo familiar o la integración social o la imposibilidad de atender el endeudamiento contraído por alguna de las situaciones anteriormente descritas así como la educación y formación, atención sanitaria no cubiertas por los diferentes sistemas públicos.Se trata de prestaciones económicas de emergencia social, de carácter temporal, que permiten garantizar la cobertura de necesidades y /o servicios básicos para una persona o unidad deconvivencia, de forma subsidiaria a otras prestaciones sociales o económicas.Las Prestaciones podrán otorgarse con carácter periódico o no periódico en el ejercicio económico para servicios esporádicos y adquisiciones puntuales. TERCERO. BASES REGULADORAS Publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia número 55 de fecha 18 de marzo de 2025 CUARTO. CUANTÍA Gastos imprescindibles para el uso de la vivienda habitual: o Deudas de alquiler de vivienda e inicio de nuevo contrato de alquiler motivado y serán ayudas no periódicas: cuya cuantía anual máxima asciende a 1.680€, tanto en alquiler como en hipotecas. En los gastos de hipoteca, se tendrán en cuenta aquellas situaciones donde existe un alto riesgo de desahucio (más de tres mensualidades impagadas con aviso de la entidad bancaria). El fin de las presentes ayudas es evitar el desahucio.Para percibir las ayudas, deberán acreditar haber realizado las gestiones oportunas para mejorar su situación.Las cuantías mensuales no podrán superar el 70% del IPREM vigente (420€), todo ello en cómputo mensual por unidad familiar en hipotecas y alquileres.En concepto de comunidad la cuantía máxima será de 100€ al trimestre, y máximo 400 anuales. La cantidad que adeude debe ser justificada por el representante de la Comunidad de vecinos, y la ayuda se abonará directamente a la Comunidad, previa justificación de haber abonado la cantidad que le corresponde. o Gastos para suministros básicos energéticos (luz, agua, gastos comunidad, gas,...): Serán ayudas no periódicas cuya cuantía mensual no puede superar los 125€ por recibo en concepto de luz, y 65€ por trimestre en concepto de agua. La cuantía anual de pago de suministros no podrá superar los 1.030€ anuales. En concepto de gas no puede superar los 25€/mes .No obstante, si los recibos que se presentan son superiores a las cuantías establecidas, los porcentajes de ayudas se realizaran en base a las cuantías máximas establecidas. El objetivo de las presentes ayudas es prevenir el corte de suministro de la electricidad, agua y gas.En situaciones excepcionales, como la existencia de riesgo de corte de suministros, la cuantía máxima a conceder será el límite máximo del 70% del IPREM vigente en cómputo mensual (420€). Y la cuantía máxima anual a percibir en concepto de suministros no deberá superar los 1.030€ anuales.Será necesario para percibir sucesivas ayudas, justificar la totalidad de la cantidad subvencionada más la diferencia que tengan que abonar la persona beneficiaria al/la arrendatario/a o empresasuministradora para cubrir la deuda de las…
Issuing agency
SEDAVÍ — AYUNTAMIENTO DE SEDAVÍ
Scope
Valencia / València
Category
Recipients
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
More information
Deadlines
| Publication date | June 23, 2025 |
| Application start date | Not available |
| Application end date | Not available |
Full information
| Administration | Local |
| Call type | Concurrencia competitiva - canónica |
| Purpose | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Economic sector | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Last database update | July 19, 2026 |
Who can apply for this grant?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Financial information
| Total budget | 84.912 € |
| Grant format | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
The exact amount may vary depending on your specific case. Always check the governing rules before applying.
Governing rules
CONVOCATORIA DE AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL AYUNTAMIENTO DE SEDAVÍ 2025