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CONVOCATORIA CONCESIÓN AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MARMOLEJO 2025

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BDNS code 814055

Summary

This grant is aimed at personas físicas que no desarrollan actividad económica. Scope: Jaén. Budget: 25.000 €. Direct award: granted without a public competitive process.

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EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA Extracto de la Resolución de Alcaldía núm. 2025/0089 de fecha 9 de Febrero de 2025 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de fomento de la natalidad y/o adopción en el término municipal de Marmolejo para el año 20265. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias) Primero. Bases Reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la específica para la concesión de ayudas para el fomento de la natalidad y/o adopción en el término municipal de Marmolejo, aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 9 de abril de 2021, modificadas en sesión ordinaria el 31 de Enero de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 26 de fecha 7 de Febrero de 2025 y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Marmolejo. Segundo. Financiación de las Ayudas El crédito presupuestario al que se imputa la subvención se encuentra recogido en la aplicación presupuestaria 231.48003 del presupuesto vigente (2025), con su debida Retención de crédito, por importe de 25.000 euros (N.º RC: 2025/EP/000596). Tercero. Cuantía de la Ayuda Por nacimiento o adopción, se asignarán las siguientes cantidades: - Por el primer hijo/a, la cuantía de 500 euros. - Por el segundo hijo/a, la cuantía de 700 euros. - Por el tercero/a y siguientes, la cuantía de 1.000 euros. Cuarto. Objeto y finalidad Podrán ser objeto de subvención de la presente convocatoria los nacimientos y adopciones de hijos/as menores de 6 años que tengan lugar durante el año 2025, cumpliendo con lo preceptuado en las bases reguladoras especificadas en el apartado primero. La finalidad de esta subvención, tal y como expresa el preámbulo de las bases reguladoras de dicha subvención, es fomentar la natalidad dentro del término municipal de Marmolejo. Quinto. Procedimiento de Concesión El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia no competitiva. Sexto. Requisitos de los solicitantes Esta Ayuda será reconocida por cada nacimiento o cada adopción de niños menores de hasta seis años que se formalice por los beneficiaros señalados en el artículo 3 de las presentes Bases, dentro del período elegible especificado en cada convocatoria, siempre y cuando se cumplan los requisitos que se detallan seguidamente. El beneficiario o beneficiarios de la ayuda, además de los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, deberá cumplir las siguientes condiciones: - En el momento del nacimiento o adopción, al menos uno de los progenitores o adoptantes deben haber estado empadronados en todo caso durante los 18 meses inmediatamente anteriores a dicho nacimiento o adopción, y de forma ininterrumpida en el municipio de Marmolejo. 2. El/la recién nacido/a deberá estar inscrito/a por primera vez en el municipio de Marmolejo y en el domicilio de los padres. En el caso de adopción, deberá figurar inscrito en el padrón municipal y en el domicilio de los padres en el plazo de un mes a contar desde la Resolución Judicial. 3. Deberán de estar empadronados en el municipio de Marmolejo el/la hermano/a, o en su caso, los/las hermanos/as, al objeto de determinar el orden que le corresponde al último nacimiento objeto de la ayuda. Asimismo, para el caso de separación, nulidad y/o divorcio de los progenitores o adoptantes, el beneficiario de la prestación deberá presentar documentación justificativa de la custodia del niño/a o niños/as de la unidad familiar. Séptimo. Órganos competentes del procedimiento El órgano competente para la Instrucción del expediente estará formado por un Técnico del Ayuntamiento de Marmolejo. El órgano competente para resolver el expediente es el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Marmolejo. En cumplimiento del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como lo establecido en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Marmolejo, el Órgano Colegiado estará formado por los siguientes miembros: - Presidente: Concejal/a de Servicios Sociales, o en quien delegue. - Secretario: Interventor de la Corporación, o en quien delegue. - Vocales: tres empleados públicos adscritos al Área de servicios sociales, o en quien se delegue. Octavo. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo I a las Bases Reguladoras. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de CUATRO meses a partir del día siguiente del nacimiento o adopción, salvo para los nacidos o adoptados en los meses de Noviembre y Diciembre, cuya fecha límite de presentación de solicitudes será el día 1 de Marzo del siguiente año al que tenga lugar el nacimiento o adopción. Noveno. Documentación a aportar Deberán acompañarse a la solicitud la documentación especificada en las Bases Reguladoras de concesión de ayudas para el fomento de la natalidad y/o adopción en el término municipal de Marmolejo. Décimo. Plazo de resolución y notificación El plazo de resolución y notificación será de tres meses. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de subvención. Undécimo. Medios de notificación o publicación Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del…

Issuing agency

MARMOLEJO — AYUNTAMIENTO DE MARMOLEJO

Scope

Jaén

Category

Social serv.

Recipients

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

More information

Deadlines

Publication dateFebruary 11, 2025
Application start dateNot available
Application end dateNot available

Full information

AdministrationLocal
Call typeDirect award: granted without a public competitive process
PurposeServicios Sociales y Promoción Social
Economic sectorOTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
Last database updateJuly 19, 2026

Who can apply for this grant?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Financial information

Total budget25.000 €
Grant formatSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

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Governing rules

BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MARMOLEJO 2025

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