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11 de marzo de 2026, DGIECE, para la inserción laboral y fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T L3. Minimis Pesca y Acuicultura.

Official name: Resolución de 11 de marzo de 2026, DGIECE, para la inserción laboral y fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T L3. Minimis Pesca y Acuicultura.

Application deadline June 30, 2026
Status Closed
BDNS code 892257

Summary

This grant is aimed at smes (small and medium enterprises). Scope: ANDALUCIA. Budget: 4,0 M€. Direct award: granted without a public competitive process.

Official description of the call

Extracto de la Resolución de xx de marzo de 2026, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convoca, para el ejercicio 2026, la concesión de subvenciones de la Línea 3 reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T. BDNS (Identificación): xxxx De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Primero. Convocatoria. Convocar para el ejercicio 2026 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la inserción laboral y al fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, en el marco del Programa Emplea-T, de la siguiente línea: Línea 3: Incentivo a la conversión de contratos indefinidos ordinarios de jornada parcial a jornada completa por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes. Segundo. Régimen Jurídico. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases reguladoras, así como por el resto de normativa que resulte de aplicación al momento en el que la convocatoria comience a producir sus efectos. Tercero. Objeto. El objeto de la presente convocatoria es fomentar, por parte de personas trabajadoras autónomas, mutualistas de colegios profesionales y pymes, la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa para la mejora de la calidad del empleo. Cuarto. Requisitos. Para acceder a la condición de persona beneficiaria, las personas solicitantes deberán cumplir con carácter general, además de las condiciones específicas establecidas para la Línea 3 de subvención, los requisitos previstos en el artículo 4 de las bases reguladoras. Quinto. Línea 3. Incentivo a la conversión de contratos indefinidos ordinarios de jornada parcial a jornada completa por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes. Concepto subvencionable, personas beneficiarias y cuantía de la subvención. 1. Concepto subvencionable. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de las bases reguladoras, las subvenciones contempladas en esta línea tienen como objeto incentivar la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa de las personas trabajadoras mayores de 30 años de edad. La condición de edad deberá cumplirse el día de inicio de la conversión de la relación laboral. La jornada parcial inicial, objeto del incremento subvencionado debe ser igual o inferior al 50 % de la jornada laboral completa. La contratación indefinida ordinaria subvencionada deberá mantenerse durante un periodo mínimo de veinticuatro meses desde la fecha de la conversión de la jornada de trabajo. Será subvencionable aquella conversión del contrato indefinido ordinario a jornada parcial en jornada completa que se produzca en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2026 y el día final del plazo de presentación de solicitudes. A estos efectos será considerada fecha de inicio de la conversión del contrato indefinido ordinario a jornada parcial en jornada completa, la fecha de variación de datos de afiliación a la Seguridad Social por modificación de la jornada laboral, que deberá estar comprendida entre el día 1 de enero de 2026 y los diez días posteriores a la fecha de presentación de cada solicitud de subvención. 2. Personas beneficiarias. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de las bases reguladoras, podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta línea: a) Las personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA) o en la mutualidad alternativa correspondiente de sus colegios profesionales. b) Las pymes. 3. Cuantía de la subvención. La cuantía de la subvención por la conversión a contratación indefinida ordinaria a jornada completa será de 7.500 euros, con un incremento adicional de 1.000 euros cuando la persona contratada sea mujer. Cuando el contrato se formalice con una persona con discapacidad, la cuantía de la subvención será de 10.000 euros, con un incremento adicional de 1.000 euros cuando la persona contratada sea mujer. A estos efectos, se entiende por persona con discapacidad, aquellas que tengan un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% y aquellas que conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, tengan la condición de persona con discapacidad a efectos de garantizar el ejercicio del derecho al trabajo, aprobado por el real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.8 de las bases reguladoras. Sexto. Financiación y disponibilidad presupuestaria. 1. Las subvenciones se concederán de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias existentes con cargo a las dotaciones destinadas a las actuaciones en materia de fomento del empleo de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, en el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y con una cuantía máxima de cuarenta millones de euros (40.000.000 €). 2. Las subvenciones serán financiadas con las dotaciones que el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para los ejercicios 2026 y 2027, destina a las actuaciones en materia…

Issuing agency

ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

Scope

ANDALUCIA

Category

Employment

Recipients

SMEs (small and medium enterprises)

More information

Deadlines

Publication dateMarch 10, 2026
Application start dateMarch 18, 2026
Application end dateJune 30, 2026

Full information

AdministrationRegional
Call typeDirect award: granted without a public competitive process
PurposeFomento del Empleo
Economic sector78 - Actividades relacionadas con el empleo
Last database updateAugust 2, 2026

Who can apply for this grant?

  • SMEs (small and medium enterprises)

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Financial information

Total budget4,0 M€
Grant formatSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

The exact amount may vary depending on your specific case. Always check the governing rules before applying.

Governing rules

Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva,para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la

Governing rules ↗

Applicable EU regulation

REG (UE) 717/2014 de minimis, Pesca y acuicultura