SUBVENCIONES MUNICIPALES A PROPIETARIOS DE VIVIENDAS SITUADAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TOMIÑO PARA LA REALIZACIÓN DE MEJORAS EN LOS SISTEMAS DE SANEAMIENTO AUTÓNOMO DURANTE LOS AÑOS 2025/2026
Summary
This grant is aimed at personas físicas que no desarrollan actividad económica. Scope: Pontevedra. Budget: 55.500 €. The application process is done electronically. Concurrencia competitiva - canónica.
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ARTÍCULO 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria tiene como finalidad apoyar y promover, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito municipal del Ayuntamiento de Tomiño, la concesión de subvenciones a personas propietarias de viviendas para la mejora de sus sistemas de saneamiento autónomo. Las personas beneficiarias deberán reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria específica de subvenciones y realizar las obras necesarias para mejorar los sistemas de saneamiento autónomo que tengan instalados en sus viviendas durante los años 2025/2026. Esta convocatoria se tramitará de conformidad con lo previsto en el artículo 19.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia. El objeto de las ayudas comprenderá la ejecución de obras, la adquisición de materiales, la mano de obra o el equipamiento asociados en inmuebles de titularidad de las personas beneficiarias, en las siguientes áreas de actuación: Mejora del sistema de saneamiento autónomo individual. Sustitución e instalación de un nuevo sistema de saneamiento autónomo individual. Elaboración de la documentación técnica necesaria para el desarrollo de las obras (proyectos, asesoría o consultoría) y solicitudes de autorizaciones, siempre que estén relacionadas con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación y ejecución de la misma. Las instalaciones objeto de ayuda deberán seguir las instrucciones técnicas para obras hidráulicas en Galicia – serie EDAR y las normas UNE de referencia en la materia, así como la normativa referente al Código Técnico de la Edificación que resulte de aplicación, no siendo subvencionables aquellas instalaciones que no supongan una mejora técnica de las ya existentes. El pago de la subvención quedará condicionado a la realización de las obras y a los trámites administrativos necesarios para su puesta en funcionamiento. No serán subvencionables en ningún caso los gastos fijados en el artículo 31.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. ARTÍCULO 2. PERSONAS BENEFICIARIAS Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria de subvenciones las personas físicas propietarias de viviendas situadas en el término municipal del Ayuntamiento de Tomiño que no tengan la obligación de conectarse a la red municipal de saneamiento según lo establece el Reglamento del servicio municipal de suministro de agua y red de saneamiento del Ayuntamiento de Tomiño (BOPPO nº 209 de 31/10/2005) y sus posteriores modificaciones. ARTÍCULO 3. REQUISITOS DE LAS PERSONAS SOLICITANTES Y BENEFICIARIAS Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las personas físicas mayores de edad que cumplan los siguientes requisitos: Poseer nacionalidad española o de algún estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo. En el caso de extranjeros no comunitarios, deberán contar con autorización de estancia o residencia en España. Ser titular, en calidad de propietario, de una vivienda que cuente con un sistema de saneamiento autónomo y no esté obligado a conectarse a la red municipal de saneamiento según lo establece el Reglamento del servicio municipal de suministro de agua y red de saneamiento del Ayuntamiento de Tomiño (BOPPO nº 209 de 31/10/2005) y sus posteriores modificaciones. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), con la Xunta de Galicia (ATRIGA), con la Seguridad Social y, si procede, con el Ayuntamiento de Tomiño. No estar incluido en ninguna de las causas de incompatibilidad o incapacidad para ser beneficiario o percibir subvenciones previstas en la Ley General de Subvenciones. En su caso, estar al día de las justificaciones de subvenciones concedidas por este ayuntamiento en el ejercicio anterior o haber solicitado una prórroga debidamente justificada y aprobada por el Ayuntamiento. ARTÍCULO 4. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en alguna de las siguientes líneas de subvención. Cada persona solicitante podrá presentar una única solicitud, que podrá ser para la línea 1, para la línea 2 o para ambas líneas. Línea 1: Mejora del sistema de saneamiento autónomo individual. Sustitución e instalación de un nuevo sistema de saneamiento autónomo individual. Línea 2: Elaboración de documentación técnica necesaria para el desarrollo de las obras (proyectos, asesoría o consultoría) y solicitudes de autorizaciones, siempre que estén relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación y ejecución de la misma. En ambas líneas de actuación serán subvencionables las inversiones realizadas desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOPPO hasta el 31 de octubre de 2026, destinadas a la instalación de sistemas de saneamiento autónomo que cumplan los siguientes requisitos: a) Que las aguas residuales procedan de viviendas unifamiliares. b) Que, cuando sea exigible para la obtención de la autorización de vertido, el sistema cuente con el preceptivo marcado CE conforme a la norma UNE-EN 12566, o norma que en el futuro la sustituya. c) Que el vertido se produzca por infiltración en el terreno mediante un sistema de evacuación subterráneo. d) Que no se instalen a menos de veinte metros de una captación subterránea. e) Los solicitantes de esta subvención deberán contar con autorización de vertido al finalizar el plazo de justificación de la subvención. f) No será subvencionable la instalación de sistemas de saneamiento autónomo en lugares donde sea obligatorio conectarse a la red de saneamiento municipal en virtud de lo dispuesto en el Reglamento del servicio municipal de suministro de agua y red de saneamiento del Ayuntamiento de Tomiño (BOPPO nº 209 de 31/10/2005) y sus posteriores modificaciones, ni en aquellos casos donde la licencia de construcción de la vivienda se concediera con un sistema de saneamiento autónomo de las…
Issuing agency
TOMIÑO — AYUNTAMIENTO DE TOMIÑO
Scope
Pontevedra
Category
Recipients
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
More information
Deadlines
| Publication date | March 24, 2026 |
| Application start date | Not available |
| Application end date | Not available |
Full information
| Administration | Local |
| Call type | Concurrencia competitiva - canónica |
| Purpose | Acceso a la vivienda y fomento de la edificación |
| Economic sector | INDUSTRIA MANUFACTURERA; SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN |
| Last database update | August 23, 2026 |
Who can apply for this grant?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Financial information
| Total budget | 55.500 € |
| Grant format | SUBSIDY AND MONEY DELIVERY WITHOUT COMPENSATION |
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Documents
Governing rules
SUBVENCIONES MUNICIPALES A PROPIETARIOS DE VIVIENDAS SITUADAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TOMIÑO PARA LA REALIZACIÓN DE MEJORAS EN LOS SISTEMAS DE SANEAMIENTO AUTÓNOMO DURANTE LOS AÑOS 2025/2026